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Ante una gaceta con 20 normas jurídicas ¿será posible capacitar a todos los cuentapropistas cubanos?

Estos pasos hacia atrás, desafortunadamente, son algo con lo que han tenido y parece que tendrán que seguir lidiando los emprendedores y los cubanos en general.

Callejón del Carmen en Santiago de Cuba © CiberCuba
Callejón del Carmen en Santiago de Cuba Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 5 años

La publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria No.35 de 2018 que contiene el paquete legislativo que regirá al cuentapropismo cubano y los principales cambios que trae fueron anunciados en la revista informativa matutina Buenos Días este 10 de julio por directivos de los ministerios de Trabajo y Seguridad social (MTSS), Transporte (MITRANS) y Finanzas y Precios (MFP).

Esta edición de la gaceta puede ser descargada del sitio oficial y se espera esté en los estanquillos a inicios de agosto, aunque los funcionarios informaron que previamente a la implementación de la legislación será necesario realizar un proceso de capacitación al cien por cien de los trabajadores por cuenta propia.

No es de extrañar que sea necesario desplegar todo un programa de adestramiento para hacer entender a los cuentapropistas lo que se les viene encima, pues la mencionada publicación contiene nada menos que veinte normas jurídicas.

Según dijo a Buenos Días la Viceministra primera del MTSS, Marta Elena Feitó, la citada gaceta será entregada de forma gratuita a los cuentapropistas, antes del inicio de los seminarios que se les impartirán a nivel nacional, provincial y municipal. La funcionaria destacó que se “va a contactar, agrupados por actividades, al cien por cien de los trabajadores por cuenta propia” y se les explicarán los nuevos cambios, los beneficios, “se les dará un período para que adapten su actividad a los establecido”.

En este sentido, el Director General de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, aseguró que la preparación que ofrecerá su organismo está fundamentalmente relacionada con las obligaciones tributarias, pero que en el programa ideado para capacitar a estos emprendedores, se integran los organismos que entregan las autorizaciones para ejercer el cuentapropismo y la ONAT en todos los territorios. El directivo aseveró que las oficinas tributarias municipales “tienen diseñada una estrategia específica para llegar a cada contribuyente” en dependencia de la modificación establecida para su actividad.

Como novedad la viceministra Feitó anunció dos nuevos beneficios: la posibilidad que tendrán ahora los arrendadores de alquilar no solo a personas naturales sino también a las empresas y que la suspensión temporal por reparación del vehículo prevista solo para los transportistas se extiende también a los instructores de automovilismo.

El proceso o programa de capacitación por lo visto será largo e intenso. Veremos si en realidad las instituciones encargadas de asumirlo cuentan con el personal y la fuerza necesarios para preparar a los cuentapropistas adecuadamente y, a la vez, asumir todo lo relativo al proceso de implementación de gran envergadura que se les avecina, el cual implica un doble trabajo para el mismo personal, con el mismo salario de siempre y las mismas condiciones de trabajo, muchas veces adversas.

Sin embargo, no es menor el reto de los cuentapropistas que deberán identificar y aprender entre ese montón de normas emitidas por diferentes instancias, las que se ajustan a su caso particular, todos los cambios que traen para su negocio, más los trámites asociados que deberán realizar. A ello se suman las largas colas en locales sin condiciones y el factor humano con el que tendrán que lidiar: funcionarios de cuya preparación y disposición dependerá que el proceso sea más o menos engorroso.

Y por supuesto, está igualmente el hecho de que el incumplimiento de lo establecido en esas normas, ya sea por desconocimiento o involuntariamente, no los libra de las sanciones en ellas establecidas.

Estas nuevas medidas, que reducen a una sola la actividad a realizar por cuenta propia, constituyen un retroceso y un freno a la iniciativa privada en el país

Tampoco puede negarse, si se consulta las legislaciones de los años noventa, que por más novedosas y beneficiosas que quieran hacerlas parecer los funcionarios y los medios oficialistas que las reiteran, estas nuevas medidas, que reducen a una sola la actividad a realizar por cuenta propia, constituyen un retroceso y un freno a la iniciativa privada en el país.

Pero estos pasos hacia atrás, desafortunadamente, son algo con lo que han tenido y parece que tendrán que seguir lidiando los emprendedores y los cubanos en general.

Por eso no es de extrañar que los resultados de la aplicación de todos estos decretos y resoluciones, con los que–parece una contradicción– se pretende eliminar la dispersión legislativa existente en cuanto al trabajo por cuenta propia, desemboquen eventualmente en un nuevo paquete legislativo, porque las restricciones que estipula serán, como todas las limitaciones, un incentivo para cometer otras ilegalidades.

Las restricciones que estipula serán, como todas las limitaciones, un incentivo para cometer otras ilegalidades

Nos queda entonces desear, para ser fieles a nuestro ingenuo optimismo, que ese próximo paquete no sea ni tan profuso y ni tan restrictivo.

Y para finalizar, un resumen del contenido de la Gaceta Extraordinaria No.35 de 2018 que entrará en vigor en diciembre:

Cinco decretos leyes emitidos por el Consejo de Estado: los Nos. 353; 354; 355; 356 y 357; un decreto del Consejos de Ministros, el No. 349; una resolución del Ministerio de Economía y Planificación, la No. 182; cinco del MFP la 194; 195; 196; 197 y 198; una del Ministerio de Industrias, la No. 87; del Ministerio de Salud Pública, la No. 179; dos del MTSS, la 11 y la 12; tres del MITRANS, la 174; 175 y 176 y una del Instituto de Planificación Física, la No. 31.

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