Este lunes 24 de febrero entrará en vigor la nueva regla de carga pública, según la cual el Departamento de Seguridad Nacional determinará si un extranjero puede cambiar su estatus migratorio en Estados Unidos en dependencia de la probabilidad de que se convierta en una carga pública en el futuro, lo cual podría afectar a muchas familias cubanas.
Los empleados del gobierno federal podrán determinar si una persona es "inadmisible e inelegible" a un beneficio migratorio, dígase una visa, una extensión de plazo de estadía o una residencia legal permanente (green card), si se demuestra que el extranjero ha recibido beneficios públicos por encima del límite establecido.
El reglamento afectará a las personas que reciben beneficios del programa de salud Medicaid, cupones de alimentos y vales de vivienda.
La regla final, publicada el 14 de agosto de 2019, también atiende la autoridad que tienen los Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) para expedir fianzas por concepto de carga pública en el contexto de las solicitudes de ajuste de estatus.
Hasta ahora, el proceso para la obtención de una visa o la residencia incluye demostrar que el extranjero tiene los recursos para pagar sus gastos y no depender del gobierno. Pero la nueva regla agrega otra serie de factores en una nueva ecuación que incluye, por ejemplo, la edad, el estado de salud o el nivel de estudio, informó Univisión.
La disposición encaja en la política de restricciones migratorias de la administración Trump y está configurada para que inmigrantes con bajos ingresos no puedan permanecer en el país, o que las reclamaciones directas de familiares no sean aceptadas como válidas.
Para los inmigrantes cubanos la noticia no es favorable en los casos de personas que han entrado con reclamaciones familiares directas o visas de noviazgo (fiancé) tras cumplir el trámite regular de espera, y han solicitado después ayudas financieras de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas o el Seguro de Ingreso Suplementario del Seguro Social.
Estas personas son las que entraron o solicitaron su entrada al país bajo la Sección 245 de la Ley de Inmigración y Ciudadanía (INA), sin necesidad de regularizar su estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano (CAA).
Sin embargo, quienes se acogieron a la CAA, como es el caso de las personas que entraron por la frontera, recibieron asilo político, o llegaron legalmente y solicitaron ajustar su estatus migratorio al año y un día de permanencia ininterrumpida en el país, no se verán afectadas por el nuevo reglamento.
Están exentos de la regulación administrativa los casos beneficiados bajo el Programa de Reunificación Familiar para Cubanos (CFRP), pues su regulación de estatus está comprendida bajo la CAA.
De forma general, la medida se extiende, incluso, a Illinois, luego de que una corte dejara sin efecto un mandato judicial que prohibía la implementación de dicha regla en ese estado.
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) podrán aplicar la regla final a todas las solicitudes y peticiones mataselladas (o emitidas electrónicamente) a partir de este lunes; y para las solicitudes y peticiones enviadas a través de mensajería comercial (por ejemplo, UPS, FedEx y DHL), será tomada como fecha del matasellos la que indica el recibo del servicio de mensajería.
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