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Estados Unidos limita la emisión de permisos de trabajo a inmigrantes con orden de deportación

Un comunicado del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos aseguró este martes que los extranjeros con órdenes de deportación se verán limitados de obtener el permiso de trabajo, salvo que pueda ser demostrada la imposibilidad a muy largo plazo de su deportación.

Oficiales del ICE y Control de Aduanas arrestan a un indocumentado © ICE / Twitter
Oficiales del ICE y Control de Aduanas arrestan a un indocumentado Foto © ICE / Twitter

Este artículo es de hace 3 años

El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, por su siglas en inglés) anunció este martes que los extranjeros a los que se les había negado el asilo y recibieron una orden de deportación no ejecutada efectivamente, serán impedidos de obtener un permiso de trabajo, salvo en condiciones muy especiales y a pesar de permanecer dentro del país.

El DHS difundió una “Notificación de la propuesta de reglamento”, que aparecerá desde el próximo jueves en el Registro Federal y por medio de la cual se abre un periodo de 60 días para recibir comentarios sobre la “autorización de empleos para ciertas clases de extranjeros con órdenes de expulsión definitivas”.

El comunicado afirma que habrá una nueva norma que “limitará la autorización de trabajo discrecional para los extranjeros que tengan órdenes finales de deportación y que hayan sido liberados temporalmente de la custodia del DHS con una OSUP".

Una Orden de Supervisión (OSUP, según sus siglas en inglés) es lo que mantiene a las personas que no han podido ser deportadas dentro de Estados Unidos. Pero esto no asegura un permiso de trabajo.

Además, DHS indicó que los extranjeros bajo estas condiciones también serán motivados a “salir del país” para cumplir con sus órdenes de deportación.

Solo una pequeña porción de extranjeros que puedan demostrar que su deportación es imposible “seguiría siendo elegible para la autorización de empleo discrecional”, indica la nota.

Los casos afectados son fundamentalmente personas a las que les fue negado el asilo, pero sobre las que existe evidencia de que sus vidas corren peligro en su país de origen; o personas deportadas que su países se han negado a recibir, según indicó el abogado Ezequiel Hernández a Univisión.

En esta última categoría entran muchos ciudadanos cubanos que desde el conocido éxodo del Mariel en los años 80 han venido llegando a Estados Unidos sin ser aceptados por los oficiales de inmigración norteamericanos, o que han perdido su estatus legal debido a algún agravante delictivo.

Según datos oficiales obtenidos por CiberCuba en mayo pasado, Estados Unidos había elevado a 41.339 la cifra de cubanos con orden final de deportación.

El Departamento de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por su siglas en inglés) dijo entonces a nuestro medio que un total de 3 129 cubanos habían sido deportados durante la administración Trump.

Esta es una cifra muy elevada si se compara con las de Barack Obama (341) o George W. Bush (416), y que sitúa a Cuba entre los países con más de mil deportados indocumentados en compañía de México, Brasil, India, Honduras, Guatemala, Colombia, República Dominicana, Ecuador, El Salvador y Nicaragua.

La nueva norma que dificulta la obtención del permiso de trabajo forma parte de la política antiinmigrantes de la Casa Blanca desde que Donald Trump tomó el poder.

En agosto de 2019, DHS también anunció que no daría permiso de trabajo a los solicitantes de asilo hasta que su proceso no fuera completado con éxito.

Durante este periodo, también se hicieron públicas nuevas normas que imponen requisitos morales a la obtención de la ciudadanía y la residencia norteamericana.

Este es el caso de los delitos por conducir bajo influencia de sustancias (DUI, según su siglas en inglés), u otros asuntos como prostitución, alcoholismo, poligamia e, incluso, el adulterio.

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Abel Fernández

Abel Fernández, graduado de Letras por la Universidad de La Habana, escritor y curador independiente


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