El Tribunal Supremo dictó sentencias definitivas de hasta 15 años de cárcel a manifestantes del 11J en Holguín, entre los que se encuentran enfermos con trastornos psiquiátricos, pacientes suicidas, un enfermo de Parkinson, un discapacitado y un cardiópata.
Tras el juicio de casación realizado el pasado 27 de abril, 14 de los 20 manifestantes del 11 de julio sentenciados en febrero comparecieron ante jueces del Supremo en la sala de lo penal del Tribunal Popular Provincial, en la ciudad de Holguín, con la esperanza de que fueran impugnadas sus excesivas condenas que oscilaban entre siete y 20 años de privación de libertad.
De ellos, solo dos sancionados que tenían 18 años en el momento de las protestas fueron beneficiados con reducciones de dos años y sanciones de trabajo correccional. Uno es Marcos Antonio Pintueles Marrero, excarcelado al día siguiente del juicio de casación, quien deberá cumplir cinco años de trabajo correccional con internamiento. El otro es Yoel Ricardo Sánchez Borjas, que se encontraba de fianza y fue sancionado a igual cantidad de tiempo de domiciliaria.
El resto de los sentenciados continuará en prisión por un periodo no menor de 9 años, pese a las enfermedades crónicas que padecen algunos de ellos.
Los jueces Alina de Fátima Santana Echerri, Ileana Julia Gómez Guerra (ponente), Yoel Izquierdo Castro, Bertha Doimeadiós Martínez e Isnelda Pino Gutiérrez resolvieron mantener el delito de sedición y reducir a no más de cinco años las condenas previamente establecidas.
Aseguraron que la sedición se ajusta a la magnitud de los sucesos en Holguín, aunque no se haya podido probar que fuera organizada o dirigida desde el exterior, como aseguraba el EFP no. 11 de 2021.
“Si bien es verdad que no consta la identidad de los individuos que convocaron a los acusados a salir a las calles esa tarde e integrarse en grupos con el común propósito de desafiar e irrespetar instituciones oficiales, el hecho de que así aconteció fue notorio”, se lee en el resultado de la casación.
También insisten en que los manifestantes tenían el “propósito de subvertir el orden social y político del país” y aceptan como “prueba irrebatible” las “impresiones olorosas” asistidas por olfatos caninos que ubican a los sancionados en el lugar de los hechos, cosa que ninguno de ellos ha negado.
Para los jueces, el olor de las personas en las inmediaciones del lugar del enfrentamiento entre manifestantes y brigadas de respuesta rápida prueba que cometieron actos violentos, es decir, que arrojaron piedras a la sede del Partido.
Los jueces se ampararon en la Ley 88 de 1999, de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba, para responsabilizar a los sancionados de “apuntalar, facilitar o colaborar” con los objetivos de la Ley Helms-Burton, “el bloqueo y la guerra económica genocida que el gobierno de los Estados Unidos de América le impone a nuestro país”.
Pese a sostener que los sancionados pusieron en peligro la seguridad nacional, los letrados convinieron en que las sentencias dictadas por el Tribunal Provincial el 14 de febrero fueron en algunos severas y en otros excesivas, por lo que decidieron disminuirlas ligeramente.
Entre las penas más severas se encuentran las de Yosvani Rosell García Caso, de 33 años en el momento de las protestas, al que redujeron de 20 a 15 años de prisión. Yosvani, padre de tres niños y soldador de profesión, padece del corazón y necesita medicamentos. El 24 de mayo inició una huelga de hambre en la prisión provincial de Holguín.
Antes de iniciar la huelga, “estuvo una semana sin recibir sus medicamentos para la presión” arterial porque, supuestamente, no había disponibilidad en la prisión, había dicho Mailín Rodríguez Sánchez, su esposa, a CiberCuba y precisó que tampoco recibió notificación de las autoridades carcelarias de que su esposo estaba plantado. Lo supo por referencias de personas solidarias.
Yosvani había estado recluido en Instrucción Penal por sospechas de organizar un motín que nunca tuvo lugar y ahora está aislado, sin visitas y sin llamadas.
Hace solo minutos, su esposa dijo a CiberCuba que Yosvani “ya salió de la huelga, pues está muy mal de salud, lo sacaron de celda para puesto médico y lo trasladaron de prisión este lunes”.
Otro beneficiado con una reducción de cinco años fue Mario Josué Prieto Ricardo, de 27 años, ciudadano español con residencia legal en Estados Unidos que “posee trastorno de personalidad, emocionalmente inestable y riesgo suicida”, según sus familiares y los diagnósticos médicos a los que CiberCuba ha tenido acceso.
Sin embargo, y pese a que debe estar bajo tratamiento y de atentar contra su vida en varias ocasiones, el Supremo dictó sentencia firme de 12 años de privación de libertad.
William Manuel Leyva Pupo también es paciente de psiquiatría. La activista Salomé García Bacallao, del grupo de trabajo sobre desapariciones y detenciones arbitrarias Justicia 11J, cuestionó la decisión del Supremo porque “a pesar de ser detenido con 20 años y tener antecedentes de esquizofrenia e intentos de suicidio, solamente le rebajaron la sanción a nueve años".
De acuerdo con declaraciones de su madre, Idelsy Pupo, y del propio William, su situación de salud no sido tenida en cuenta por los guardias de la prisión, quienes le han propinado palizas, ni por su abogado durante el juicio, que no presentó detalles relacionados con sus trastornos psiquiátricos. Antes de conocer su condena, el preso político realizó una huelga de hambre junto a otros manifestantes holguineros.
En similar situación se encuentra Iván Colón Suárez, con las agravantes de que “es alcohólico, tiene una ulcera que sangra a cada rato, y varias veces ha intentado quitarse la vida” en prisión, de acuerdo con su hijastra Ismarai Martínez Ávila.
La joven alega que el preso político “está destrozado, desesperado” porque debe cumplir 14 años tras las rejas. En su caso, el tribunal solo redujo cuatro años de la condena inicial. Iván se encuentra plantado desde el 2 de junio.
Otro caso sensible es el del excombatiente en Angola, de 59 años, Cruz García Domínguez, quien padece de Parkinson y, al igual que Iván, libra una huelga de hambre tras conocer los resultados de la casación.
Este jueves, durante la visita familiar en prisión, Cruz aseguró a su hijo Arennis García Naranjo que “esa sería su última comida, que hasta que no lo soltaran no iba ni a comer ni beber más, que era libre o muerto”, anunció el joven en sus redes sociales.
Otro caso en situación vulnerable es el de Miguel Enrique Girón Velázquez por una discapacidad motora que lo obliga a desplazarse con ayuda de un bastón. El joven ha tenido que ser intervenido quirúrgicamente en varias ocasiones para corregir una dolencia congénita que afecta su vida diaria y le valió la condición de “no apto FAR”.
Lo insólito en el caso de Miguel Enrique es que durante la manifestación su motocicleta fue robada y al día siguiente el joven se dirigió a la Policía a radicar la denuncia, momento en que fue detenido por haber estado en las inmediaciones del Partido el 11 de julio.
Por último, y no menos importante, la única mujer sancionada a privación de libertad, Jessica Lisbet Torres Calvo, a la que en un inicio pedían 27 años de cárcel, que luego se tradujeron en 15, finalmente quedó sancionada a nueve años tras las rejas, “dada su condición de joven, mujer y madre”, declararon los jueces.
A continuación, nombres y edades de los sancionados, sus peticiones fiscales, sentencias y sanción final como resultado del recurso de casación.
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