El gobierno de Panamá prorrogó hasta el 31 de diciembre próximo el requisito de visado de tránsito obligatorio para los viajeros cubanos que hagan escala en ese país, decretado desde marzo de 2022.
Hasta el último día de 2023 estará vigente el Decreto Ejecutivo No. 162 de 19 de diciembre de 2022, que establece la visa para pasajeros o tripulantes en tránsito como requisito para los ciudadanos de nacionalidad cubana, que viajen en tránsito por la República de Panamá, apuntó esta última semana la Gaceta Oficial de la nación centroamericana.
La disposición en su momento se debió “al incremento de los casos de pasajeros de nacionalidad cubana o admitidos o que rechazados por el país de destino, viene generando inconvenientes en los puestos de control migratorio en territorio panameño”.
Por lo que el gobierno panameño decidió establecer controles migratorios más efectivos para los cubanos que requieren hacer tránsito en ese país con destino Cuba o a otros países, o que son residentes permanentes o tienen visa estampada en sus pasaportes de países con altos estándares reconocidos por ellos o poseen visa de ingreso al país del destino final.
Desde diciembre último quedaron exonerados de este requisito quienes viajen hacia Cuba, mantengan vigente visa de turismo o residencia de la República de Panamá, además de los que posean residencia vigente o posean visa múltiple, previamente utilizada en el territorio del Estado otorgante, con una vigencia no inferior a seis meses al momento del tránsito, debidamente otorgada por Canadá, Estados Unidos de América, Mancomunidad de Australia, República de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea.
También están exentos del requisito de visado de tránsito quienes posean residencia permanente, en terceros países, con una antigüedad de cinco años o más y viajen de retomo a estos y posean visa de ingreso vigente del país de destino final.
La visa de tránsito solo autoriza al titular a permanecer en el área de tránsito internacional del aeropuerto hasta por veinticuatro horas. Esta deberá ser solicitada en el consulado panameño del país de origen y tendrá un costo de unos 50 balboas (unos 50 dólares).
Quienes la soliciten deberán aportar los siguientes documentos: un formulario de solicitud de visa, dos fotografías de carné, copia del pasaporte con vigencia mínima de seis meses, reservación o itinerario de viaje, copia del documento de identidad y comprobantes de pago de servicios consulares.
En caso de que la solicitud sea para un menor de edad, el trámite correrá a cargo de uno de los padres, quienes están obligados a aportar la autorización del otro progenitor o de quien tenga la tutela del menor.
El anuncio a principios de marzo de 2022 de la entrada en vigor de un visado de tránsito para viajar a Panamá se convirtió en una pésima noticia para aquellos cubanos que optaron por la nación centroamericana como conexión en sus vuelos hacia Nicaragua, país que no exige visado a los ciudadanos de la isla desde noviembre de 2021, y que se ha convertido en puente para quienes buscan arribar a EE.UU. cruzando fronteras.
Tras el anuncio de la medida, cientos de cubanos se manifestaron en las inmediaciones de la embajada de Panamá en La Habana con el fin de conseguir un aplazamiento de la entrada en vigor de la medida. Primero consiguieron que se prorrogara hasta el 13 de marzo y luego hasta el 15.
Ya el propio 16 de marzo, el gobierno panameño exoneró del requisito de visado de tránsito a los cubanos que regresan a la isla, a los residentes en el extranjero o que tengan visado múltiple no inferior a seis meses en el momento en que transiten por territorio panameño. A estos, ahora se suman quienes posean visa del lugar de destino final.
Sin embargo, las autoridades no accedieron a una prórroga que abarcara todo marzo, como exigían los cubanos que durante varios días se concentraron junto a la sede diplomática.
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