Cuba pone en vigor nuevas medidas que refuerzan la vigilancia epidemiológica

Ante la situación que se ha generado por el aumento de casos de enfermedades trasmitidas por mosquitos del género Aedes entre las que se encuentran el dengue, Chikungunya y Zika en las Américas a lo que se suma la aparición de un brote de fiebre amarilla en Angola, el Ministerio de Salud Pública de Cuba pone en vigor a partir del primero de marzo de un conjunto de regulaciones que refuerzan los controles en fronteras.

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Ante la situación que se ha generado por el aumento de casos de enfermedades trasmitidas por mosquitos del género Aedes entre las que se encuentran el dengue, Chikungunya y Zika en las Américas a lo que se suma la aparición de un brote de fiebre amarilla en Angola, el Ministerio de Salud Pública de Cuba pone en vigor a partir del primero de marzo de un conjunto de regulaciones que refuerzan los controles en fronteras.

Para ello se reforzarán las medidas de Control Sanitario y vigilancia epidemiológica en los puntos de entrada al territorio nacional.


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Se garantizará que los estudiantes extranjeros que vengan a realizar estudios lleguen con un Certificado Médico (con fecha menor de tres meses) que debe estar legalizado por la embajada de Cuba en el país del estudiante. El certificado debe acreditar que el portador no posee ninguna enfermedad que lo invalide para cursar estudios o laborar en Cuba.

Se deberá realizar la Declaración de Sanidad en los puntos de entrada a las personas que provengan de países donde esté circulando alguna de estas enfermedades.

Se reforzará el control de la temperatura corporal en todos los puntos de entrada al país.

Las personas con fiebre al llegar serán remitidas a los sitios designados en cada territorio del país para su vigilancia, estudio y tratamiento. Los datos de estos viajeros serán enviados al Centro de Dirección Ministerial y a la Dirección Nacional de Epidemiología.

Mantener actualizada a la Autoridad de Control Sanitario internacional con la información adelantada de la Declaración Marítima de Sanidad de las embarcaciones y el estado de salud de tripulantes y viajeros.

Debe garantizarse el diagnóstico de laboratorio de Zika, dengue Chikungunya y Fiebre amarilla

Mantener informados a las sedes diplomáticas de estas nuevas medidas para que asuman el trabajo que les corresponde.

Se debe exigir la vacunación contra la fiebre amarilla aplicada no menos de diez días antes de viajar y certificada en carné de inmunización a todos los que vengan de la República de Angola incluidos los cubanos que viajen por diversas razones a ese país.

Los viajeros que provengan de Angola y no estén vacunados o presenten el Control Sanitario Internacional serán sometidos a vigilancia clínico epidemiológica por diez días. Se condicionará, por la embajada cubana en Angola, el otorgamiento de la visa a la presentación del certificado de vacunación internacional contra la fiebre amarilla.

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