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La Embajada de Estados Unidos en La Habana, tal como se ha hecho costumbre desde su inauguración el 14 de agosto del 2015, continúa informando a los cubanos a través de Facebook sobre aspectos y requisitos claves para los trámites y servicios migratorios que ofrecen.
En el siguiente post, aclaran cuáles son los pasos a seguir para obtener un visado por reunificación familiar.
Lo más leído hoy:
"Para obtener una visa de inmigrante familiar, debe ser el beneficiario de un Formulario I-130 (Reclamacion para Familiar Extranjero → link:goo.gl/pehdM1) aprobado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional. Su familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal debe presentar la petición I-130 en el Centro de Servicio de USCIS en los Estados Unidos con jurisdicción sobre su lugar de residencia.
Las instrucciones para el I-130 le informará a su familiar dónde y cómo presentar dicho formulario. Una vez que su familiar haya hecho una reclamación a su favor, usted puede comprobar su estado mediante el acceso a la Página de Búsqueda del Estado de Casos de USCIS".
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