El Gobierno de Cuba ha aprobado este martes una nueva Resolución (645/2017) que modifica la de 2015, y que establece, entre otros, que las donaciones que llegan desde dentro y fuera del país a los afectados por catástrofes naturales no serán completamente gratis porque a los damnificados no se les cobrará el producto que reciben, pero sí los gastos de distribución y transporte.
De esta forma, las autoridades justifican la venta de ropa de segunda mano y de productos como cocinas y colchones que distribuyen para los que perdieron todo tras el huracán Irma, o la comida que vendieron a precios "módicos" (5 pesos) a los residentes en Centro Habana al día siguiente de que el mar inundara completamente sus casas, lo que provocó airadas críticas al Estado.
Incluso el periódico local Invasión hizo este jueves un llamamiento a la población a ser generosa y donar porque hay gente que no puede pagar ni siquiera los precios subsidiados que ofrece el Gobierno a los que lo perdieron todo en la zona de Júcaro, en Ciego de Ávila, tras el paso de Irma.
"Cuando a los damnificados se le haga entrega de productos recibidos como donación (interna o externa) esta se hace sin costo alguno para los mismos. En estos casos solo se cobra el margen comercial, que incluye los gastos de distribución y transportación, según corresponda, por quien la ejecuta", dice textualmente la nueva resolución ministerial.
En materia de precios también se ha decidido que "los productos y servicios, que se determine vender a los damnificados, se valoren a los precios minoristas vigentes" aunque no explican en qué franja deben moverse. Sólo se limitan a apuntar que son las administraciones municipales y provinciales y los consejos de defensa provinciales y municipales los que decidirán cuánto costará cada cosa. Se hace así, recalcan, porque estas entidades son las que deben otorgar a cada núcleo familiar el certificado que acredita qué es lo que necesitan.
Además, dichos organismos pueden proponer a los de "arriba" "bonificaciones para la adquisición de determinados productos o recursos y otros beneficios". Por bonificación entienden la diferencia que hay entre lo que cuesta el producto y lo que paga el damnificado.
En caso de que un cubano afectado por una catástrofe no tenga recursos ni siquiera para cubrir una parte de la compra, entonces se le permitirá acceder a un crédito bancario. Dependerá del Consejo de la Administración municipal o del Consejo de Defensa municipal que los intereses de esos préstamos los pague parcial o totalmente el Estado, o los asuman los damnificados.
También puede acceder a un subsidio, "la persona natural que carece de solvencia económica, protegida o no por la asistencia social, interesada en adquirir los productos y bienes a entregar a los damnificados".
Asimismo, aclara que "cuando se entreguen a los damnificados productos alimenticios en sustitución de los tradicionalmente normados", el precio subsidiado establecido se ingresará a la empresa suministradora.
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