Una trabajadora cubana denuncia haber perdido su empleo tras quedarse embarazada

"¿Cómo voy a mantener a mi bebé, si he quedado desprotegida y en estos momentos sí me es difícil trabajar para sostenerme?" se pregunta.

Trabajadora cubana pierde su trabajo en Santiago de Cuba por salir embarazada © La Dejamagua
Trabajadora cubana pierde su trabajo en Santiago de Cuba por salir embarazada Foto © La Dejamagua

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Este artículo es de hace 7 años

En Santiago de Cuba una trabajadora asegura haber perdido su trabajo tras haberse quedado embarazada, así lo ha denunciado en una carta enviada al buzón abierto del periódico Trabajadores.

En agosto de 2016 Sonallis Cabrera Leyva comenzó a trabajar en el departamento de Admisión del Hospital Provincial Saturnino Lora con un contrato por tres meses, que le fue renovado en tres ocasiones aunque, según afirma, no recibió copia oficial.


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No fue esta, sin embargo, la única irregularidad que refiere haber padecido la cubana durante el tiempo que duró su vinculación laboral con el referido centro asistencial. En marzo pasado, cuando supo que se habían abierto dos vacantes en su departamento, Sonallis entregó a Recursos Humanos toda la documentación necesaria para convertir su contrato temporal en fijo.

Tras varios indicios de que algo marchaba mal con su proceso se dispuso a enterarse qué pasaba con su plaza. En este caso, constató incongruencias en las explicaciones que recibía: por parte de RRHH le aseguraban que faltaba un documento, mientras que su superior le aseguraba que ya era fija y que en recursos humanos habían puesto erróneamente a otra persona en su lugar, pero que “ya todo estaba resuelto”.

Poco después supo que, en efecto, se había decidido hacer fija a otra compañera.

A los nueve meses de estar en el centro se dio cuenta "para su sorpresa" de que estaba embarazada, "pero siguió cumpliendo con el trabajo". Por esos momentos refiere haberse sentido incómoda porque algunos de sus compañeros le dijeron que “por su estado podían cerrarle automáticamente su contrato”.

Tras una semana de baja prescrita en una consulta de Genética a donde fue derivada como parte de la atención a su embarazo, la trabajadora regresó a su trabajo, donde fue interpelada por una compañera de recursos humanos que le preguntó si estaba embarazada y le dijo “que no podía trabajar más, pues al ser contrato no podía estar embarazada y que su jefe no le daría la plaza”.

Esa misma semana, el viernes, fue citada por su jefe superior quien “le informó que ese era su último día, pues la compañera por la que estaba contratada regresaría la próxima semana de su licencia de maternidad”.

“¿Cómo voy a mantener a mi bebé, si he quedado desprotegida?”

Después de quedarse sin trabajo, la joven ha escrito al periódico cubano en aras de dar a conocer su caso y buscar respuestas para algunas de sus interrogantes: “¿se puede cerrar el contrato por tiempo determinado a un trabajador en este estado sin previo aviso?, ¿por qué si estuve vinculada ininterrumpidamente durante 12 meses y existían plazas vacantes no se me otorgó una?” se pregunta Sonallis, quien se encuentra además en la encrucijada de no saber cómo mantener a su bebé “si he quedado desprotegida y en estos momentos sí me es difícil trabajar para sostenerme”.

Para esta cubana, lo que le ha ocurrido le lleva además a cuestionarse “dónde queda la protección que el Estado cubano siempre les ha dado a la mujer y madre trabajadora”.

Por el momento, nadie ha respondido a su carta en la sección Buzón del diario.

Protección de la trabajadora según la Ley No. 116 Código del Trabajo

El artículo 63 del código del trabajo, recogido en la Gaceta Oficial del 17 de junio de 2014, establece que los trabajadores “reciben protección, mediante el Sistema de Seguridad Social, en casos de enfermedad, accidente, maternidad, invalidez y vejez” y que “durante el embarazo y posterior al parto, la trabajadora tiene derecho a disfrutar de licencia retribuida en la forma y cuantía establecidas respecto a la maternidad de la trabajadora para el régimen general o los especiales de seguridad social, según corresponda”.

Los requisitos para tener derecho al cobro de la licencia de maternidad, por su parte “se establecen en el Reglamento de este Código o en la legislación específica, según corresponda”

“No conceder las licencias de maternidad retribuidas o no y no pagar las prestaciones en la cuantía que legalmente corresponde”, se considera una infracción de los derechos de trabajo y de seguridad social.

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Marlén González

(La Habana, 1978) Lic. en Filología hispánica y Máster en Lexicografía. Ha sido profesora en la Universidad de La Habana e investigadora en la Universidad de Santiago de Compostela.


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Marlén González

(La Habana, 1978) Lic. en Filología hispánica y Máster en Lexicografía. Ha sido profesora en la Universidad de La Habana e investigadora en la Universidad de Santiago de Compostela.