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Amnistía Internacional explica cómo la reforma de la Constitución de Cuba repercutirá en los derechos humanos

La organización ofrece detalles de aquellos artículos de la ley que restringen los derechos humanos en la Isla.

Proceso de reforma de la Constitución cubana. © Vanguardia/ SMB
Proceso de reforma de la Constitución cubana. Foto © Vanguardia/ SMB

Este artículo es de hace 5 años

Amnistía Internacional (AI) ha advertido que las modificaciones propuestas en la Constitución cubana podrían allanar el camino a una mayor represión en la Isla.

En su página web, la organización realizó un análisis del texto que debe aprobarse el próximo 24 de febrero, y hace hincapié en diez puntos que deben tenerse en cuentapasa comprobar si el país avanza o retrocede en materia de libertades.

Según AI, la reforma limita las salvaguardias en materia de derechos humanos a las que ya existen en las leyes.

De tal forma, aunque el nuevo texto propone en su artículo 17 que los tratados internacionales ratificados por Cuba se integrarán a su legislación, a la vez, las garantías de derechos humanos se restringen a lo que establecen las leyes locales, muchas de las cuales son contrarias a las normas internacionales.

En relación a las garantías de las personas acusadas de delitos, el grupo internacional aclara que todos los abogados cubanos deben pertenecer a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, sometida al control de las autoridades, mientras se deniegan las solicitudes de inscripción legal por parte de organizaciones y juristas independientes.

Amnistía señala también que a pesar de que la Carta Magna “reconoce, respeta y garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión”, mantiene el control del Estado sobre los medios de comunicación, lo cual es incoherente con las normas universales de derechos humanos, que exigen a los Estados promover la diversidad de fuentes y opiniones.

Por otra parte, el proyecto de Constitución también defiende la censura en Internet, al condenar su uso con fines de “subversión”, lo cual sustenta la aplicación arbitraria de sanciones contra periodistas y blogueros independientes.

El texto cubano impone limitaciones indebidas a la libertad de reunión, manifestación y asociación, puesto que en su artículo 61 dispone que estos derechos se ejerzan con respeto al acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley. “En la práctica, las autoridades no toleran las protestas de grupos políticos de oposición y defensores y defensoras de los derechos humanos”, dice AI.

Asimismo, el artículo 95.h de la Ley impone como requisito para proteger la expresión artística, el que ésta se ajuste a los “valores socialistas”. Ello limita la libertad de expresión y posibilita que cualquiera que critique al gobierno sea calificado de contrarrevolucionario.

También la organización defensora de los derechos humanos explica que aunque el artículo 48 de la Carta Magna cubana regula el derecho a ser juzgado por un “tribunal competente, independiente e imparcial”, al mismo tiempo, el artículo 8 subordina todos los órganos del Estado a la “legalidad socialista”, lo que facilitaría la intrusión del poder político en los fallos judiciales.

Acerca del tan polémico artículo 68, que define el matrimonio como la unión entre dos personas, Amnistía Internacional se hace eco de denuncias de activistas LGBTI, quienes se quejan del control gubernamental sobre ellos, fuera de los lugares tolerados por el Estado.

Recuerda el grupo que si bien la Constitución reconoce el derecho a la salud pública, a la educación, al agua, a una vivienda digna, entre otros, en casos en que haga falta hacer valer estos derechos ante un tribunal, será poco probable hacerlo si los juzgados carecen de independencia.

Por último, pese a que Cuba se compromete a enfrentar el cambio climático, se le recomienda unirse a otros países caribeños mediante la firma del Acuerdo de Escazú, lo cual facilitaría el acceso de la población a la información así como la participación en las políticas y proyectos que afectan al medio ambiente.

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