Las autoridades judiciales cubanas rechazaron la petición para revisar la causa de los presos Maikel Delgado Aramburo y Harold Alcalá Aramburo, quienes fueron condenados a cadena perpetua por el intento de secuestro de la lancha de Regla en 2003, según informó Martí Noticias.
En concreto la Fiscalía General de la República de Cuba denegó la revisión penal mediante una notificación que firmó el fiscal jefe, Dixán Fuentes Guzmán, el 2 de mayo.
El representante del Ministerio Público alegó que el enjuiciamiento que hizo el tribunal en su día fue ajustado a derecho.
"En Cuba viven integrantes del Ejército de Liberación Nacional (ELN) colombiano que han matado y secuestrado. Estos muchachos no mataron a nadie", lamentó el abogado independiente Edilio Hernández Herrera.
Por los hechos sucedidos el 2 de abril de 2003, los jóvenes Lorenzo Enrique Copello, Bárbaro Leodán Sevilla García y Jorge Luis Martínez Isaac fueron fusilados.
Otros cuatro fueron condenados a cadena perpetua. Además de Alcalá Aramburo y Delgado Aramburo fueron condenados Ramón Henry Grillo y Yoanny Thomas González.
Al resto de los acusados les impusieron condenas que oscilaron entre los 30 y los dos años de prisión. Wilmer Ledea Pérez (30), Ana Rosa Ledea Ríos (5), Yolanda Pozo Rizo (3) y Dania Rojas Góngora (2).
El suceso de 2003 se produjo en medio de un tenso ambiente conocido como la Primavera Negra, que condenó a 75 disidentes a elevadas penas de prisión y puso sobre el panorama legal la conocida Ley Mordaza.
Esta ley ha sido reactivada recientemente para proteger a las empresas extranjeras en Cuba que se lucran con propiedades expropiadas en la isla después de 1959. La aplicación del título III de la Ley Helms-Burton permite a los afectados entonces presentar denuncias al respecto en tribunales de Estados Unidos.
Intelectuales de todo el mundo condenaron en 2003 al régimen de Fidel Castro por fusilar a los tres jóvenes, que solo pretendían escapar del país.
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