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Diez días después de la eliminación definitiva por parte del gobierno de Panamá de la emisión de las Tarjetas de Turismo para ciudadanos cubanos y dominicanos, la pregunta que se hacen muchos es: ¿qué pasará ahora con las llamadas “mulas” que viajaban a ese país para comprar artículos que luego revendían en Cuba?
Tal y como especifica el Decreto Ejecutivo N° 88 de 16 de marzo de 2021, a partir de su entrada en vigor los cubanos que deseen viajar a Panamá tendrán que solicitar una Visa de Turismo regular, siguiendo los procedimiento habituales. El texto justifica la medida como parte de un esfuerzo para “homologar los procedimientos migratorios establecidos en el Decreto Ley Nº 3 de 2008.
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La Tarjeta de Turismo fue implementada a finales de octubre de 2018 por el gobierno del presidente Juan Carlos Varela. Durante una visita a Cuba, Varela declaró que “cualquier ciudadano cubano que haya viajado fuera de su país y tenga pasaporte, ya tiene acceso a la tarjeta”. Dichas tarjetas permitían a los cubanos permanecer 30 días en territorio panameño con el fin de hacer compras en la llamada Zona Libre de Colón.
Sin embargo, en julio de 2019, el gobierno panameño suspendió temporalmente la expedición de estas Tarjetas de Turismo a los cubanos. El Servicio Nacional de Migración del país explicó en un comunicado que estaban “revisando los procedimientos de ingreso como turistas a Panamá”. En ese año y hasta la fecha de la suspensión, un total de 23.527 turistas cubanos habían entrado en la Zona Libre de Colón (ZLC).
La Tarjeta de Turismo, aprovechada mayormente por las “mulas” tenía un costo de 20 dólares y los requisitos para obtenerla eran mucho más sencillos que un visado. En principio, podía ser solicitada por los ciudadanos cubanos que no tuvieran visa estampada en su pasaporte. Para ello era necesario contar con un carnet de trabajador por cuenta propia o un certificado de creadores (artesanos) y haber viajado con anterioridad a Panamá o a un tercer país.
Poco después de la suspensión, Daniel Rojas, presidente de la Asociación de Usuarios de la ZLC, reveló la razón por la cual el gobierno panameño había tomado la decisión: investigar “presuntas anomalías” en el proceso de emisión de la Tarjeta de Turismo, relacionadas con la reventa de turnos en el consulado de La Habana. Asimismo, el ente calculó que los cubanos representaban el 40% de las personas que compraban en ese lugar.
Sin embargo, otra hipótesis que se manejó ante la suspensión fue que, con la aprobación de la Tarjeta de Turismo, también se había incrementado el flujo de migrantes que utilizaban Panamá para salir del país y luego atravesar Centroamérica y México con el propósito de llegar a Estados Unidos. El tema fue tratado durante la V Ronda Migratoria sostenida en enero de 2020 entre autoridades de ambos países.
La aparición de la pandemia en marzo del pasado año prolongó la suspensión temporal con el cierre de fronteras y consulados. A finales de noviembre de 2020, el Servicio Nacional de Migración de Panamá publicó en sus redes sociales los requisitos para la solicitud de visa de turismo.
Con la noticia de la eliminación definitiva por parte del gobierno de Panamá de la emisión de las Tarjetas de Turismo para ciudadanos cubanos, las llamadas “mulas” puede que retomen sus actividades vía Nicaragua, como ya hicieran luego de la suspensión de julio de 2019.
Poco antes de esa fecha, el gobierno de ese país había decidido flexibilizar la entrada de los cubanos. Se calculó entonces que, a raíz de la suspensión de Panamá, unos 2 mil cubanos viajaban mensualmente a Nicaragua, fundamentalmente para comprar mercancías para luego revenderlas en Cuba. Al parecer, el gobierno nicaragüense ha vuelto a flexibilizar ahora la entrada de los cubanos a su territorio nacional.
La incertidumbre actual de las “mulas” en relación con sus viajes a Panamá se relaciona con el dilema fundamental al que se enfrentan, y que no es otro que la consideración que merecen sus actividades para las autoridades cubanas, las cuales se encargaron de dejar la importación fuera de las actividades legales del Trabajo por Cuenta Propia.
“Si incentivamos la importación por personas naturales... primero, la industria nacional no participa de eso; segundo, no estaríamos generando empleo... ¿A quién afecta esto? Al pueblo, a los propios trabajadores por cuenta propia”, explicó el ministro de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández.
Legalizar la actividad que realizan las llamadas “mulas”, sería “una contradicción con la estrategia que estamos implementando y con las cuestiones que precisamente intentan proteger a nuestra economía y a nuestra población”, añadió.
A continuación compartimos los requisitos para las personas que quieran viajar a panamá, tras la eliminación de la tarjeta de turismo:
-Original y copia de la página de datos personales del pasaporte, que debe tener al menos tres meses de vigencia.
-Formulario de solicitud de visa, disponible en la página web de la embajada, debidamente llenado.
-Tres fotos tipo carné.
-Carta de solicitud de visa redactada por el solicitante.
-Original y copia por ambas caras del carné de identidad del solicitante.
-Comprobante de su cita en la embajada impreso.
-Prueba de solvencia económica que demuestre que la persona cuenta con los recursos para costearse el viaje (vale un certifico bancario de 500 dólares, en una cuenta de al menos tres meses de apertura y con movimientos en el último mes antes de la entrevista en la embajada).
-Menores de edad deben entregar el comprobante de cuenta bancaria de uno de sus padres, el cual deberá contener 500 dólares por el menor y 500 dólares por el dueño de la cuenta. Certificado de nacimiento legalizado por el MINREX y un consentimiento de sus padres también legalizado.
-Para quienes puedan demostrar empleo con el objetivo de probar arraigo en el país, deberán presentar una carta con membrete de la empresa, firmada por el director o representante legal, que incluya la dirección completa de la institución, la función que desempeña, los años de servicio y el salario. Adjunto a la carta, debe entregarse original y copia de la ficha o comprobante de pago de salario.
- Los trabajadores por cuenta propia deberán presentar el original y copia del carnet de cuentapropista, el de la ONAT, un certifico de "no adeudo fiscal", inscripción al registro de contribuyentes y comprobante de pago.
-Dependientes económicos de sus cónyuges, deberán presentar el certificado de matrimonio legalizado por el MINREX y la carta de empleo de su pareja con los requisitos mencionados.
-Los estudiantes universitarios deberán presentar certificación de estudios que indique carrera y año que cursa, con firma y sello de la institución; carné universitario y original de la boleta de notas de los años cursados.
-Los solicitantes deberán abonar el pago de 50 CUC por servicios migratorios y 10 CUC por servicios consulares y la embajada podría solicitar, si lo considera, la reserva de vuelo y de hotel.
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