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El abogado cubano residente en Miami, Santiago Alpízar, coordinador general del despacho CubaDemanda, se ha personado simbólicamente en la causa que el Tribunal Provincial de La Habana mantiene abierta contra Luis Robles Elizastigui, el joven que protestó con un cartel en el bulevar de San Rafael, en diciembre pasado y que, desde entonces, está encarcelado.
Con su escrito, formulado en el cuerpo de las conclusiones provisionales y enviado a la Fiscalía Provincial, al Supremo y al Ministerio de Justicia, Alpízar se persona en el Expediente de Fase Preparatoria No. 49/2020 del Órgano de Inspección Especializado de Enfrentamiento a los Delitos Contra la Seguridad del Estado en respuesta a las acusaciones formuladas el 18 de abril por la fiscal Yanaisa Matos Legrá.
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En primer lugar, rechaza que Luis Robles respondiera a una convocatoria pública lanzada por el comunicador cubano radicado en Miami Alexander Otaola, ya que esa acusación no se sustenta en prueba alguna que vincule a Robles con Otaola.
En todo caso, el joven hizo uso del derecho a la libertad de expresión que le confiere el artículo 54 de la Constitución cubana de 2019, señala el escrito fechado ayer lunes 19 de abril.
CubaDemanda también rebate la consideración de la fiscal Matos Legrá de que Luis Robles buscaba "desestabilizar el orden interno en Cuba" y manifestarse "en contra de las autoridades policiales y de los cuadros y del gobierno", al salir con un cartel pidiendo el fin de la represión y la liberación de Denis Solís.
Asimismo, niega Alpízar que Robles pretendiera iniciar una provocación en un lugar concurrido para desestabilizar el país con gritos en contra de las tiendas en MLC. "Ningún cartel ni ninguna frase gritada en medio de la calle puede tener semejante intención y mucho menos tan largo alcance", reprocha el abogado, que recuerda en su escrito una frase de Fidel Castro en la que alude que "intimidarse ante la propaganda es como intimidarse frente a los fusiles del enemigo".
El abogado rechaza asimismo la acusación de la Fiscalía en referencia a que Luis Robles caminaba de un lado a otro con el cartel en alto para "convidar" a los presentes a que lo secundaran. "Ni el cartel ni las frases ni mucho menos moverse de un lado a otro convidan a nadie a generar desorden", responde en su escrito.
Santiago Alpízar también desarma a la fiscal cuando ésta asegura que Luis Robles se resistió junto a varias personas al agente de la Policía Nacional Revolucionaria Vladimir Rodríguez Despaigne, de ahí que el abogado se pregunte por qué no los acusan a todos de desorden público en lugar de interpretar los gritos de libertad del joven manifestante como un delito contra la Seguridad del Estado.
Además, recuerda que la orden del agente que desobedeció Robles es anticonstitucional, porque atenta contra el derecho a la libertad de expresión que ejercía el manifestante y que no sólo consagra la Carta Magna sino que ha sido reconocido ya por el juez Javier Mustelier Armiñán, del Tribunal Provincial de Santiago de Cuba en la sentencia que 53/2021 contra Dairon Duque de Estrada Aguilera, absuelto de desacato tras gritar ¡Abajo Raúl!.
Para rebatir el delito de "propaganda enemiga", imputado a Luis Robles, Alpízar recurre a su redacción literal de incitar "contra el orden social, la solidaridad internacional o el estado socialista mediante propaganda oral o escrita o en cualquier otra forma" y aclara que se incita cuando se mueve, estimula o se influye vivamente en alguien.
Todo esto lleva a Alpízar a concluir que Luis Roble no sólo no ha cometido delito alguno sino que es víctima del delito contra la libre emisión de pensamiento (artículo 291/1 del Código Penal).
Por último, el abogado llama la atención sobre los testigos en el caso de Luis Robles que son únicamente el policía que lo detuvo y el instructor policial del caso, Roberto Batista Fernández, y se pregunta por qué no llaman a declarar a alguna de las personas que presenciaron la manifestación y arresto de Luis Robles en medio de un bulevar de San Rafael, que ese día estaba muy concurrido, o por qué no adjuntan algunos de los muchos vídeos que se grabaron entonces.
Hay que recordar que en un primer momento Robles fue acusado de delitos contra la Seguridad de Estado. La única notificación que recibieron sus familiares, les fue entregada el 17 de diciembre de 2020. Era un papelito escrito a mano en el que aparecía el número del expediente (49/20) y la orden de prisión provisional, que no se ha impuesto en Cuba en 2020 ni siquiera a sospechosos de haber violado en grupo a una menor de edad.
Tras hacerse pública la acusación, Luis Robles fue declarado preso político por la organización Prisoners Defenders, con sede en España. Poco después, la Seguridad del Estado le pidió que trabajara para ellos. Tras no conseguir lo que querían, hace apenas unos días las autoridades cubanas modificaron la acusación contra el manifestante pacífico.
Ahora lo acusan de propaganda enemiga y resistencia, según informó en Facebook su hermano Landy González Elizastigui. De esta forma, Robles, preso en el Combinado del Este, se enfrenta a una pena de cárcel de entre 1 y 8 años de privación de libertad.
El abogado Santiago Alpízar anima a todos los cubanos a sumarse a su escrito escribiendo a la Fiscalía Provincial de La Habana (atencionalcuidadano@fpch.fgr.gob.cu), al Tribunal Supremo (poblacion@tsp.gob.cu) y del Ministerio de Justicia (apoblacion@minjus.gob.cu).
"Los usuarios y suscriptores de las redes sociales y plataformas informáticas pueden protocolizar este documento ante estos organismos u otras autoridades para contribuir a la defensa penal de Luis Robles Elizastigui", concluye.
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