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Un acuerdo del Consejo de Ministros de Cuba, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 42 del pasado 7 de mayo, establece el otorgamiento de nuevas autorizaciones en la actividad de trabajador contratado, por los creadores artísticos y cuentapropistas que laboran en Varadero, zona de alto interés para el turismo cubano.
El documento, firmado por el Primer Ministro Manuel Marrero Cruz, deja sin efecto el Acuerdo 8050 del Consejo de Ministros, del 15 de diciembre de 2016, que regulaba el funcionamiento de las formas de gestión no estatal que se desarrollan en el polo turístico, así como su ordenamiento y control.
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El documento aclara que se podrán emitir nuevas autorizaciones para ejercer el trabajo por cuenta propia, pero solo en las actividades asociadas a:
a) La atención educativa y de cuidado de niños;
b) el cuidado de enfermos, personas con discapacidad y ancianos;
c) el cuidado de baños públicos, taquillas y parques en las instalaciones que para estos servicios se habiliten por las entidades estatales facultadas para ello;
d) los servicios domésticos;
e) el repaso de estudiantes;
f) la teneduría de libros;
g) el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios con autorización excepcional, según lo regulado en la legislación vigente y en el procedimiento para el funcionamiento de las formas de gestión no estatales en el Polo Turístico de Varadero; y
h) para ejercer como trabajador contratado por los creadores artísticos del Fondo Cubano de Bienes Culturales y los trabajadores por cuenta propia que laboran en las plazas.
El nuevo acuerdo del Consejo de Ministros, que entrará en vigor a partir de los 60 días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial, recuerda que “en el polo turístico de Varadero solo funcionan las formas de gestión no estatal mínimas indispensables que sean compatibles con el turismo o que den respuesta a necesidades de la población, o ambas, y estén conciliadas entre el Gobierno Provincial de Matanzas, el Ministerio de Turismo y demás organismos de la Administración Central del Estado que correspondan, previa consulta con el Representante del Gobierno en la Península de Hicacos”.
Desde agosto del año 2012 el Gobierno cubano no emitía nuevas licencias para ejercer labores no estatales en el balneario.
En la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 42 también aparece la Resolución 36 del Ministerio de Cultura que recoge las normas para la autorización de trabajadores contratados a los creadores artísticos de las artes plásticas y aplicadas que comercializan en las plazas del Fondo Cubano de Bienes Culturales en el polo turístico.
La norma jurídica especifica que la comercialización de las obras en esos lugares corresponde a los creadores artísticos, en su condición de titulares de los espacios de venta, y establece que estos creadores pueden solicitar la autorización de un trabajador contratado, excepto quienes comercializan en otras instalaciones hoteleras y extrahoteleras, pertenecientes, fundamentalmente, al sistema de Turismo.
La resolución detalla que la presencia del trabajador contratado en los espacios de venta es para que los creadores artísticos puedan participar en eventos, exposiciones, ferias nacionales e internacionales que gestiona u organiza la empresa, así como para necesidades específicas de la creación artística y las establecidas en la legislación vigente para el trabajo por cuenta propia.
Sin embargo, la nueva norma prohíbe en el área de venta la presencia simultánea del creador artístico y el trabajador contratado “para evitar el incremento de personas ejerciendo a la vez en el polo turístico”.
En la resolución se deja claro los procedimientos para presentación y aval de la solicitud, que deberá ser presentada al Director del Fondo Cubano de Bienes Culturales en Matanzas.
El nuevo acuerdo del Consejo de Ministros también autoriza la renovación de los trabajadores contratados que los titulares soliciten, hasta la cantidad permitida para los creadores artísticos del Fondo Cubano de Bienes Culturales y los trabajadores por cuenta propia que laboran en las plazas, y en actividades como arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios, y servicios gastronómicos en restaurantes o cafeterías.
Sobre el arrendamientos de viviendas y habitaciones, se aclara que excepcionalmente se podrán autorizar nuevas licencias previa aprobación por el Intendente del municipio de Cárdenas, y oído el parecer del Delegado del Ministerio de Turismo en el territorio. Además, será necesario cumplir determinados requisitos.
El documento reitera que las formas de gestión no estatal solo se pueden ejercer en las áreas autorizadas, y recuerda la prohibición de utilizar jardines, patios exteriores, pasillos laterales, portales u otras áreas similares en el exterior de las viviendas u otros inmuebles.
La Disposición Final Segunda del Acuerdo 9045 faculta al Intendente del municipio de Cárdenas y a los ministros y jefes de los organismos involucrados a emitir las normas jurídicas que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto.
Debido a las restricciones impuestas por la pandemia, en Varadero actualmente están en operaciones una docena de instalaciones, que reciben, sobre todo, a turistas rusos.
A finales de abril, las autoridades cubanas anunciaron que se veían obligadas a suspender por segundo año consecutivo la Feria Internacional de Turismo, que debía celebrarse en el balneario.
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