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En función de descongestionar las paradas de ómnibus en Santiago de Cuba, las autoridades de esta ciudad autorizaron el transporte de pasajeros a través de motos cuyos conductores estuvieran patentados.
En su cuenta de Facebook, el periódico estatal Sierra Maestra dio a conocer la noticia, publicada inicialmente en el muro del periodista Cuscó Tarradel.
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“Ante las inquietudes enviadas por la población, se decidió permitirle a los motoristas patentados la circulación con pasajeros o acompañantes en el horario establecido para el transporte público (de 5 am a 8 am y de 4 pm a 7 pm)”, indicó el post.
En la publicación también se indicó que la medida fue adoptada en reunión extraordinaria de las autoridades locales, tras las quejas y solicitudes de la población.
El pasado 29 de mayo, ante el pico de contagios que reportó la provincia, las autoridades decidieron implementar un paquete de medidas en función de controlar la expansión de la pandemia, que llegó a registrar más de 200 contagios en un solo día.
Ante la situación epidemiológica de la provincia, se decidió incrementar la presencia policial en las calles santiagueras con el fin de frenar la propagación del coronavirus en el territorio desde finales de mayo.
“Se incrementará el patrullaje con la presencia de la Policía, exigiendo el uso del nasobuco, el distanciamiento físico y el cumplimiento de estas disposiciones”, explica una de las medidas.
Con relación al transporte dentro de la provincia, así como lo concerniente a aquellos viajeros que decidan acceder al territorio o salir de él con destino a otras localidades fuera del perímetro provincial, las medidas indicaron:
1. Solo se permitirá la entrada a la provincia de personas con PCR actualizado, lo que se controlará en los puntos de acceso por Contramaestre, Mella, Songo-La Maya y Guamá.
2. La circulación del transporte público (estatal y privado) en la ciudad se limitará de 5.00 a.m. a 8.00 a.m., y de 4.00 p.m. a 7.00 p.m.
3. Solo podrán circular fuera del horario antes descrito los medios de transporte que estén en función de la distribución de la canasta básica, la transportación de la harina, gestiones administrativas autorizadas y personal de la Salud.
4. Se prohíbe la circulación vehicular y peatonal desde las 8.00 p.m hasta las 5.00 a.m.
5. Las motos circularán solo con el conductor, sin excepción.
6. Se prohíbe la estancia, en cualquier horario, en lugares públicos como parques y plazas.
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