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Panamá establece visado de tránsito para los cubanos

El anuncio de la inmediata entrada en vigor de un visado de tránsito para viajar a Panamá constituye una mala noticia para aquellos cubanos que en los últimos meses optaron por la nación centroamericana para hacer conexión en sus vuelos hacia Nicaragua


Este artículo es de hace 2 años

El Gobierno de Panamá estableció desde este 8 de marzo la obligatoriedad de un visado de tránsito para todos los cubanos que arriben a ese país en conexión hacia otro destino o de regreso a la isla.

“Se establece la Visa para Pasajeros o Tripulantes en Tránsito como requisito para los ciudadanos extranjeros de nacionalidad cubana que viajen por la República de Panamá, hacia otro destino o de retorno a su país, durante un periodo de tres meses”, señala el Decreto Ejecutivo 19 del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la nación centroamericana.

La resolución añade que “la Visa para Pasajeros o Tripulantes en Tránsito podrá ser otorgada hasta por un periodo máximo de veinticuatro horas y solo autoriza al migrante a permanecer en el área de tránsito internacional del aeropuerto, con la finalidad de que pueda continuar su viaje hacia otro destino o a su país de origen”.

El costo de la visa será de 50 balboas, equivalentes a unos 50 dólares estadounidenses.

La visa debe ser solicitada personalmente por el interesado ante el consulado panameño del país en que se encuentre, con un plazo mínimo de quince días hábiles antes de la fecha prevista de viaje.

Para recibir el visado de tránsito, los cubanos deben presentar el formulario de solicitud de la Visa para Pasajeros o tripulantes en Tránsito, dos fotos carné, copia del pasaporte y del documento de identidad del país de residencia, reservación aérea y comprobante de pago de los derechos consulares.

En caso de que la solicitud sea para un menor de edad, el trámite correrá a cargo de uno de los padres, quienes están obligados a aportar la autorización del otro progenitor o de quien tenga la tutela del menor.

(Fuente: gacetaoficial.gob.pa)

Una vez entregados todos los documentos, el cónsul panameño del país en que se encuentre el interesado los enviará al Servicio Nacional de Migración, entidad que "comunicará la aprobación o rechazo de la solicitud presentada".

El decreto subraya que debido al incremento de los casos de pasajeros no admitidos o rechazados por el país de destino, el Gobierno de Panamá "considera necesario establecer controles migratorios más efectivos en relación con las personas de nacionalidad cubana que viajen en tránsito por la República de Panamá, hacia otro destino o de retorno a su país".

(Fuente: gacetaoficial.gob.pa)

El anuncio de la inmediata entrada en vigor de un visado de tránsito para viajar a Panamá constituye una mala noticia para aquellos cubanos que en los últimos meses optaron por la nación centroamericana como conexión en sus vuelos hacia Nicaragua, país que no exige visado a los ciudadanos de la isla desde noviembre de 2021.

El decreto entrado en vigor este 8 de marzo pone punto final de momento a cierto vaivén informativo de los últimos meses en torno al tema.

El pasado 21 de febrero el Servicio Nacional de Migración de Panamá había dicho que “por el momento” no exigirían visado para cubanos que arribaran a ese país en la categoría de tránsito, aunque un tweet previo publicado por esa misma entidad, posteriormente eliminado, decía justo lo contrario.

Tres meses antes, en noviembre, la embajada de Panamá había informado que los cubanos no necesitaban visa en caso de una escala menor de 12 horas.

La obligatoriedad de un visado de tránsito para cubanos que viajen a Panamá llega, además, en un momento en que países vecinos como Colombia o Costa Rica también han adoptado restricciones al tránsito de ciudadanos de la isla.

En febrero Costa Rica comenzó a exigir visa de tránsito a los cubanos, mientras que ese mismo mes Colombia dejó de emitirlas por completo hasta nuevo aviso.

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