El gobierno cubano estableció nuevas reglas para arrendar locales estatales a cuentapropistas y cooperativas en la isla.
Las autoridades publicaron en la Gaceta Oficial #31 Extraordinaria del 21 de abril, la Resolución 40/2022, firmada por Betsy Díaz Velázquez, ministra de Comercio Interior.
La nueva norma permite el alquiler de establecimientos, se encuentren funcionando o cerrados, a cuentapropistas o cooperativas no agropecuarias e instituciones estatales.
Para conseguir uno de estos locales será necesario reunir un grupo de requisitos y superar varios trámites burocráticos que se detallan en la resolución, entre ellos, convencer a la Comisión que aprueba el arrendamiento de que la propuesta es fiable.
"La Comisión selecciona entre las ofertas, aquella que asegure las mejores condiciones de precio, calidad, preparación técnica profesional, financiamiento y recuperación del establecimiento y los servicios identificativos de este (...) que genere empleos, promueva la inclusión social, estimule y consolide costumbres y tradiciones de la comunidad en armonía con la Estrategia de Desarrollo Local", dice el texto.
El Ministerio del Comercio Interior (Mincin) dijo que entre sus objetivos con esta medida está "incrementar la participación en la economía, propiciar el desarrollo, la diversificación de la producción, encadenamientos productivos y el bienestar económico y social".
Entre los requisitos para la licitación plantea en primer lugar la existencia de establecimientos que se decidan arrendar y que estén aprobados por Comercio Interior, y por la Asamblea Municipal del Poder Popular. Esta institución define si el local será destinado a la gestión estatal o puede ser arrendado por emprendedores.
La comisión estará avalada por el gobernador y tendrá un número impar de miembros con representantes del gobierno de las áreas técnicas, económico-financieras, jurídicas, el sindicato y autoridades correspondientes del municipio.
La convocatoria de la licitación está prevista que se exponga "en los diez primeros días hábiles del proceso" que tiene un término de 30 días. En ese plazo no podrán ser variadas las condiciones específicas de la licitación al ser convocada.
Las solicitudes de licitación se entregarán en sobres sellados con los datos personales, el nombre del proyecto y presupuesto. Además deben presentar una descripción de las actividades que pretende realizar en ese local, si utilizarán carteles, publicidad, servicios artísticos, música grabada o audiovisual, entre otros detalles.
La persona a quien le sea adjudicado el arrendamiento del local puede contratar a los propios trabajadores del establecimiento; con los que no sean contratados, la entidad arrendadora debe aplicar la legislación laboral vigente.
La Resolución 40/2022 deroga la Resolución 48 del MINCIN que regulaba la licitación del arrendamiento de establecimientos de Comercio Interior a cuentapropistas que entró en vigor a fines del 2021.
En aquel momento, más de 3,015 establecimientos de comercio minorista en Cuba comenzaron a ser gestionados por cuentapropistas.
La ministra indicó entonces, que esta forma de gestión tenía intermitencias y que la calidad de sus servicios no era la esperada. Argumentó que los cuentapropistas presentaban dificultades con la atención directa a la población y con los insumos para mantener sus ventas.
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