Recientemente, el gobierno de Estados Unidos, anunció un grupo de nuevas medidas de medidas de apoyo y control a la seguridad migratoria de la frontera sur; entre las que hizo extensiva la aplicación inmediata del Título 42: “Prohibición de entrada por motivos de control de enfermedades o epidemias” a nacionales de Cuba, Nicaragua y Haití, lo que permitirá la expulsión inmediata de los ciudadanos de esos países que intenten ingresar de manera irregular a los Estados Unidos, los cuales hasta ese momento estaban excluidos de la aplicación del citado título.
Se incluyen también en esta medida a los venezolanos que desde el pasado mes de octubre ya estaban sujetos a dicha normativa.
Para aliviar las consecuencias de esta decisión se anunció un nuevo plan de 360, 000 paroles humanitarios anuales para los nacionales de estos cuatro países.
Como era de esperar, este programa ha generado un gran interés e interrogantes. A continuación, realizaremos un esbozo de los principales pasos a seguir para participar en el mismo; teniendo en cuenta que es información valiosa para muchos cubanos y lectores de CiberCuba.
El requisito principal, es tener un patrocinador en los Estados Unidos que someta en línea (vía internet) al Servicio de Inmigración (USCIS) el Formulario I-134A (Affidavit de sometimiento económico) para garantizar que los beneficiarios que participen en el programa no constituyan una carga pública para el estado.
El patrocinador puede ser un familiar, amigo o conocido -preferiblemente ciudadano o residente de los Estados Unidos- aunque personas con un estatus de protección temporal aprobado (TPS) o con un asilo otorgado también pueden calificar. El patrocinador, al momento de completar este formulario, debe adjuntar las pruebas que acrediten su estatus legal en el país, así como su capacidad económica para sustentar a las personas que solicita.
Una vez sometido el Affidavit de sometimiento económico, el servicio de inmigración de los Estados Unidos (USCIS) decidirá sobre la solicitud y, de aprobarse, el beneficiario recibirá un correo electrónico indicando los pasos a seguir para poder registrarse en línea.
Concluido este trámite, se le indicará cómo acceder a una aplicación de la página del Servicio de Protección de Aduanas (CBP) para continuar con el proceso de admisión a Estados Unidos. Posteriormente, se emitirá una autorización de viaje, permitiéndole al beneficiario comprar un pasaje aéreo.
A su llegada a Estados Unidos, el beneficiario será inspeccionado y procesado en el aeropuerto y -si todo está en orden- se le otorgará un parole por dos años para permanecer legalmente en los Estados Unidos.
Con este parole el beneficiario podrá aplicar a un permiso de trabajo y -en el caso de los cubanos- al año y un día aplicar a la residencia bajo la Ley de ajuste.
Este nuevo programa está vigente desde el 6 enero y su ejecución marcha a pasos acelerados. Por tanto, es importante que patrocinadores y patrocinados se informen detalladamente de requisitos establecidos por la nueva norma, que establece deberes y derechos del candidato a emigrar y residir legalmente en Estados Unidos.
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