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Nueva convocatoria de ayudas en España para asturianos y sus descendientes en Cuba

Van dirigidas a personas mayores de 65 años aunque también pueden pedirla adultos de entre 18 y 64 años en determinados casos. Se pueden solicitar hasta el 7 de junio


El Principado de Asturias (España) publicó el pasado 25 de abril de 2024 una convocatoria de ayudas a la que pueden acogerse asturianos y descendientes de asturianos (hasta el primer grado de consanguinidad) residentes en países de América Latina, Centroamérica y las Antillas Mayores, lo que incluye a Cuba.

Las subvenciones van dirigidas a aquellas personas mayores de 65 años que se encuentran en situaciones de necesidad o carecen de rentas o de ingresos suficientes, según informa la web del Gobierno asturiano. No obstante, también podrán pedir estas ayudas individuales los adultos que estén en el tramo de edad comprendido entre los 18 y 64 años siempre que puedan acreditar haber sido víctimas de violencia de género, padecer una invalidez permanente para trabajar o una enfermedad grave.

El Gobierno asturiano ha destinado a estas ayudas una partida presupuestaria de 440.000 euros. Son 30.000 euros más que en la última convocatoria a la que se apuntaron 861 personas. La mayor parte de ellas, de Cuba (497). Finalmente se concedieron 773 subvenciones.

En esta edición se han asignado casi 150.000 euros a la concesión de ayudas a cubanos. Sólo Argentina, con 155.000 euros, dispondrá de mayor dotación presupuestaria.

Para solicitar estas ayudas hay que cumplir los siguientes requisitos:

1.- Ser natural de Asturias o que su última vecindad haya sido un municipio asturiano; o ser descendiente de asturiano o asturiana (hasta el primer grado de consanguinidad).

2.- Permanecer en la emigración y ostentar la nacionalidad española durante, como mínimo, 10 años consecutivos, los cuales han de ser inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

3.- Estar inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) de Asturias; carecer de bienes e ingresos que permitan el nivel mínimo de subsistencia.

4.- No haber donado bienes en los 5 años anteriores a la solicitud de la prestación económica. (En el caso de haberlos donado, su valor patrimonial computará como rentas a efectos de dar cumplimiento al umbral de ingresos establecido en la correspondiente convocatoria).

Hasta el 7 de junio

La presentación de solicitudes cierra el próximo 7 de junio. Para pedir la ayuda hay que rellenar una planilla, que te puedes encontrar en este enlace (al final del todo de la página).

También se pueden presentar las solicitudes personalmente en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano y en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias.

Para pedir la ayuda hay que presentar la siguiente documentación:

1.- La planilla de solicitud rellena.

2.- Certificado de inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE).

3.- Documento acreditativo de haber permanecido en la emigración y ostentar la nacionalidad española durante, como mínimo, diez años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

4.- Declaración responsable de la relación de subvenciones solicitadas y concedidas con la misma finalidad en el año anterior al de la convocatoria.

5.- Declaración responsable de que se ha procedido a la justificación de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por el Principado de Asturias.

6.- Declaración responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidables y exigibles.

7.- Declaración responsable de los miembros de la unidad familiar comunicando si disponen de bienes inmuebles o de naturaleza afín, entendiendo por bienes de naturaleza afín los locales, bajos, tierras, negocio y otros que puedan generar rentas. En el caso de que se dispusiese de propiedades se podrán solicitar informes complementarios que acrediten las rentas de las mismas. Queda excluida, a efectos de este cómputo la vivienda habitual de la unidad familiar.

8.- Declaración responsable de los miembros de la unidad familiar comunicando si han donado bienes inmuebles o de naturaleza afín en los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la prestación económica, entendiendo por bienes de naturaleza afín, los locales, bajos, tierras, negocio y otros que puedan generar rentas.

9.- Documento acreditativo de la situación de emergencia sobrevenida

10.- Documento Nacional de Identidad (DNI) español de la persona solicitante y, en su caso, de los demás miembros de la unidad familiar. En caso de no tener DNI, carnet de identidad del país de residencia.

El Principado de Asturias responderá a las solicitudes en el plazo de seis meses.

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Tania Costa

(La Habana, 1973) vive en España. Ha dirigido el periódico español El Faro de Melilla y FaroTV Melilla. Fue jefa de la edición murciana de 20 minutos y asesora de Comunicación de la Vicepresidencia del Gobierno de Murcia (España)


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