Cuba fuera de la lista de patrocinadores del terrorismo: ¿Qué cambia para cubanos con pasaporte europeo?

Desde la reincorporación de la isla a ese grupo en enero de 2021, durante el mandato de Donald Trump, estos viajeros están obligados a gestionar una visa de visitante (B-1/B-2) en un consulado estadounidense.

ESTA (imagen de referencia) © Web Inmihelp
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La decisión de la administración de Joe Biden de eliminar a Cuba de la lista de países patrocinadores del terrorismo ha generado una interrogante inmediata entre miles de cubanos con pasaporte europeo: ¿podrán ahora ingresar a Estados Unidos utilizando el ESTA?

Desde la reincorporación de la isla a ese grupo en enero de 2021, durante el mandato de Donald Trump, estos viajeros están obligados a gestionar una visa de visitante (B-1/B-2) en un consulado estadounidense, lo que representa un desafío adicional sobre todo para cubanos con doble nacionalidad residentes en su tierra, porque suele implicar viajes a terceros países para realizar el proceso.


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Tras la decisión de Biden, las disposiciones federales indican que esos miles de cubanos pueden ser beneficiados con el programa de exención de visados para viajar a Estados Unidos y utilizar el sistema electrónico de autorización de entrada conocido como ESTA (Electronic System for Travel Authorization, por sus siglas en inglés).

A priori, siempre a la espera de más disposiciones oficiales, el tener un pasaporte español u otra ciudadanía europea podría ser suficiente para tener acceso a un trámite sencillo y rápido que permite estancias de hasta 90 días por motivos turísticos o de negocios.

Actualmente, se estima que más de 150 mil ciudadanos españoles están inscritos como residentes en Cuba, la mayoría de ellos favorecidos con nacionalidad por vía de la llamada Ley de Memoria Histórica, de 2007.

Más datos sobre el ESTA

El ESTA permite a ciudadanos de 41 países viajar a los EE.UU. sin necesidad de obtener una visa tradicional, al integrar el Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program, VWP).

Proceso de solicitud:

Se realiza en línea en la página oficial del gobierno estadounidense.

Uso y duración:

Es válido únicamente para viajes de corta duración por turismo, negocios o tránsito.

No permite trabajar ni residir en los EEUU.

Tiene una validez de 2 años o hasta que el pasaporte expire (lo que ocurra primero).

Se puede usar para múltiples entradas a los EEUU mientras esté vigente.

Requisitos principales:

Poseer un pasaporte válido de un país del Programa de Exención de Visa.

No tener antecedentes de haber violado leyes migratorias en los EE. UU.

Llenar un formulario en línea en el sitio oficial del ESTA.

Pagar una tarifa de procesamiento.

No obstante, resulta importante aclarar que el ESTA no garantiza la entrada a Estados Unidos, pues la decisión final de admisión corresponde a los oficiales de inmigración (CBP) en el puerto de entrada correspondiente.

Asimismo, vale recordar que la limitación existente aplica no solo para cubanos y nacionales de Siria, Irán y Corea del Norte, estos últimos países todavía designados como terroristas por el Departamento de Estado, sino para todos los ciudadanos favorecidos por el programa de exención de visas (waiver) y que hayan viajado a alguna de esas naciones en fecha reciente.

Preguntas frecuentes sobre el impacto de la eliminación de Cuba de la lista de patrocinadores del terrorismo

¿Cómo afecta la eliminación de Cuba de la lista de patrocinadores del terrorismo a los cubanos con pasaporte europeo?

La eliminación de Cuba de la lista de patrocinadores del terrorismo permite que los cubanos con pasaporte europeo potencialmente puedan utilizar el ESTA, facilitando su entrada a Estados Unidos sin necesidad de una visa tradicional. Sin embargo, siempre es recomendable verificar las disposiciones actuales, ya que la situación puede cambiar según las políticas migratorias vigentes.

¿Qué es el ESTA y quién puede solicitarlo?

El ESTA es una autorización electrónica que permite a ciudadanos de ciertos países viajar a Estados Unidos sin una visa tradicional, bajo el Programa de Exención de Visa. Está diseñado para estancias cortas por turismo, negocios o tránsito y es válido por dos años o hasta que el pasaporte expire. Los solicitantes deben tener un pasaporte válido de un país participante en el programa y no haber violado leyes migratorias de EE.UU.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar una visa de visitante B-1/B-2 en un consulado estadounidense?

Para solicitar una visa B-1/B-2, los cubanos con pasaporte europeo deben acudir a un consulado estadounidense fuera de Cuba, ya que el proceso no se realiza en la Embajada de EE.UU. en La Habana. Se requiere la presentación de documentos que demuestren vínculos económicos, familiares o laborales en el país de residencia, además del pago de las tarifas correspondientes y la realización de una entrevista.

¿Qué cambios se esperan en las relaciones entre Cuba y Estados Unidos tras la eliminación de la lista de terrorismo?

La eliminación de Cuba de la lista de patrocinadores del terrorismo podría facilitar un alivio de las sanciones económicas y mejorar la cooperación económica y diplomática entre ambos países. No obstante, el alcance de estos cambios dependerá de las futuras acciones de ambos gobiernos y de la postura que adopten las siguientes administraciones en Estados Unidos.

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