Ni amnistía ni indulto: Régimen cubano sostiene que liberación de presos es un “beneficio de excarcelación anticipada”

La medida no extinguiría la sanción penal de los condenados, a los que las autoridades nunca se refieren como “presos políticos” y a quienes se les podrían revocar la medida y enviar nuevamente a presión “si no cumplen los requisitos”.


El régimen cubano anunció la excarcelación de 553 personas privadas de libertad, bajo lo que califica como “beneficio de excarcelación o libertad anticipada”, un enfoque que contrasta con términos como "amnistía" o "indulto", comúnmente asociados a gestos de reconciliación o perdón.

A pesar de la esperanzadora noticia, la medida ha generado polémica ya que no extingue las sanciones penales de los condenados y mantiene bajo estricta supervisión a quienes la reciben.


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Así lo aclaró este miércoles en la mañana la vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular, Maricela Sosa Ravelo, en un intercambio sostenido con el presentador Humberto López durante el programa ‘Revista Buenos Días’ de la televisión cubana.

Según la funcionaria, la medida se encuentra enmarcada dentro de la Ley de Ejecución Penal de Cuba y responde a criterios humanitarios y de reinserción social previstos en la legislación vigente, que “habitualmente” tienen en cuentas las autoridades penitenciarias de la isla.

Diferencias clave: Ni amnistía ni indulto

Sosa Ravelo explicó que, a diferencia de la amnistía y el indulto, el “beneficio de excarcelación anticipada” no elimina la sanción penal.

En el caso de la amnistía, la extinción de la pena es absoluta, y esta se otorga por decisión de la Asamblea Nacional del Poder Popular. El indulto, por su parte, es prerrogativa del presidente de la República, previa solicitud a la Asamblea Nacional. En ambos casos, los beneficiarios quedan libres de cualquier obligación penal o supervisión.

Por el contrario, la excarcelación anticipada implica un control continuo por parte del tribunal y otras entidades como la policía y grupos de prevención. Si los liberados no cumplen con los requisitos establecidos, pueden ser enviados nuevamente a prisión para completar sus condenas.

Requisitos y aplicación progresiva

La medida anunciada responde, según Sosa Ravelo, a una “política humanitaria y de reinserción” que permite que sancionados que cumplan con determinados criterios accedan a beneficios penitenciarios.

Estos criterios incluyen el buen comportamiento, la reintegración social, y, en algunos casos, condiciones de salud o edad avanzada.

Por ejemplo, las personas sancionadas menores de 20 años pueden ser evaluadas para el beneficio al cumplir un tercio de su condena. En el caso de las mujeres primarias (no reincidentes), aplica el mismo criterio. Quienes tienen antecedentes penales o reincidencias deben cumplir al menos dos tercios de su condena antes de ser considerados.

Además, la vicepresidenta subrayó que esta práctica es habitual en el sistema judicial cubano, aunque en esta ocasión adquiere notoriedad debido al número de beneficiados y la atención mediática internacional que ha suscitado, especialmente por el contexto de las relaciones entre Cuba y el Papa Francisco, quien habría sido informado de esta medida.

En ningún momento ni el presentador ni la funcionaria de justicia se refirieron a la decisión de la administración Biden de sacar a Cuba de la lista de países patrocinadores del terrorismo, una disposición que muchos analistas consideran parte de una negociación triangular entre La Habana, Washington y el estado Vaticano.

¿Presos políticos o comunes?

La declaración oficial evitó referirse a los beneficiados como presos políticos, una categoría que el régimen cubano rechaza.

Según Sosa Ravelo, los liberados fueron sancionados por delitos como hurto, robo con fuerza, desórdenes públicos, lesiones y, en algunos casos, sedición. Este último, aseguró, no es un delito político, sino un atentado contra el orden constitucional del país.

Organizaciones internacionales como Amnistía Internacional y grupos de derechos humanos han criticado esta postura, argumentando que la sedición se ha utilizado para perseguir a opositores y manifestantes pacíficos.

En este sentido, consideran que la excarcelación debería extenderse a todos los presos políticos, incluyendo a aquellos encarcelados tras las protestas del 11 de julio de 2021 y otros eventos recientes.

Una práctica bajo lupa

La medida ha sido recibida con escepticismo tanto dentro como fuera de Cuba.

Mientras el régimen la presenta como un gesto de humanidad y legalidad, críticos denuncian que constituye un acto de propaganda política, especialmente tras la reciente exclusión de Cuba de la lista de países patrocinadores del terrorismo por parte de Estados Unidos y el alivio parcial de algunas sanciones.

El proceso de excarcelación, además, será gradual. Según la vicepresidenta del Tribunal Supremo Popular, cada caso debe ser evaluado individualmente por un tribunal colegiado, basado en informes de las autoridades penitenciarias, fiscales y otras entidades.

Contexto internacional

Esta excarcelación masiva ocurre en un momento de creciente presión internacional sobre el régimen cubano para mejorar su historial de derechos humanos. La reciente decisión de Estados Unidos de aliviar sanciones y la exclusión de Cuba de listas negras internacionales han generado expectativas de reformas más profundas.

Por su parte, organizaciones como Amnistía Internacional insisten en la liberación incondicional de todos los presos políticos en la isla, considerando que cualquier medida que no extinga las condenas ni garantice derechos plenos a los excarcelados es insuficiente.

Con este anuncio, el régimen cubano intenta proyectar una imagen de apertura y diálogo, aunque persisten las dudas sobre la verdadera intención y alcance de estas medidas en un país donde el control y la represión siguen siendo pilares fundamentales del sistema político.

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