Radu Martin, prisionero canadiense en la cárcel para extranjeros La Condesa, en Mayabeque, denunció que las autoridades cubanas le negaron la libertad condicional porque “la ley cubana solo se aplica como un favor a algunos”, dijo a CiberCuba.
Martin, de 48 años, fue acusado de un fraude por valor de $1,400 dólares y sentenciado a 10 años de privación de libertad. Lleva preso desde enero de 2017 lo que, hasta el presente año, con rebajas por buen comportamiento y aplicación del regimen mínimo, equivale a seis años y ocho meses de prisión, calcula el prisionero.
Por haber cumplido más de la mitad de su condena, debería tener derecho a terminar la sanción fuera de la cárcel, ya sea en Cuba o en su país, traslado mediante. Pero Martin cree que Cuba tiene un problema con él, porque la dirección de prisiones le ha “negado dos veces la libertad condicional”.
El canadiense señala que a otros presos sí se la conceden, fundamentalmente a “los que están condenados por trata de personas”, y considera que a él ya lo "castigaron con una sentencia muy dura de 10 años” y, por consiguiente, bien pudieran trasladarlo a Canadá.
Mientras a Martin le negaban una vez más la libertad, las autoridades cubanas decidieron liberar a otro compañero suyo, el también canadiense Vimalanathan Nadesu sentenciado por la misma causa a ocho años de cárcel en La Condesa.
De acuerdo con declaraciones de la familia, Nadesu fue trasladado a Canadá la semana pasada, después de haber cumplido más del 80% de su condena en Cuba. CiberCuba pudo verificar la noticia de la liberación de Nadesu, pero no ha podido obtener detalles sobre las condiciones bajo las que se encuentra el canadiense en estos momentos.
“La ley cubana solo se aplica como un favor a algunos. Esta prisión es como otro Guantánamo dirigido por cubanos que pueden mantenerte cautivo todo el tiempo que quieran. Nadie puede controlar esta prisión y [los guardias] hacen lo que quieren”, denunció Martin.
El marco jurídico cubano prevé la modificación de la sanción por otra sin internamiento y la extradición a ciudadanos extranjeros. Por ejemplo, el Artículo 6 del Código Penal vigente los ampara para acceder a la libertad condicional, como cualquier reo cubano, mientras que la Instrucción Especial No. 9 de 2009 del Tribunal Supremo Popular, no publicada en la Gaceta Oficial, otorga a extranjeros en cárceles cubanas no residentes los beneficios de excarcelación anticipada e incluso la posibilidad “de la salida del territorio nacional, bajo las condiciones que resulten pertinentes”.
En el caso de los prisioneros canadienses, también existe un tratado entre Cuba y Canadá que hace posible la extradición, mientras que la Instrucción No. 201 de 2012 les atribuye beneficios de Libertad Condicional, suspensión de trabajo correccional con internamiento y Licencia Extra-Penal.
Martin, quien además es padre de dos niños pequeños, asegura que su proceso penal “fue un show” y que sus pertenencias, incluidos dispositivos móviles fueron confiscadas en un registro realizado por las autoridades; práctica que ya habían experimentado el británico Stephen Purvis y el canadiense Cy Tokmakjian, ambos hombres de negocios con abultadas cuentas bancarias que quisieron invertir en Cuba y terminaron en La Condesa, luego de ser acusados en tribunales de la isla.
“La policía fue a mi casa y robaron todo, dinero, teléfono, todo. Todo lo que pudieron tomar, lo tomaron”, relató Martin con anterioridad a CiberCuba.
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