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Todos los cuentapropistas cubanos están obligado a presentar su declaración anual de impuestos, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, antes del 2 de mayo, según autoridades de la isla.
“Este año todos los trabajadores por cuenta propia (TCP), tanto los del régimen general como los del simplificado, deben presentar la Declaración jurada del impuesto sobre los ingresos personales correspondiente al ejercicio fiscal 2022, según dispone la Ley No. 157 del Presupuesto del Estado”, puntualizó esta semana al diario oficialista Granma la directora de Servicios al Contribuyente de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), Arelys Pérez García.
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La directiva precisó que durante la campaña tributaria 2023, que inició el 9 de enero último y culminará el 2 de mayo próximo, los TCP que posean firma o certificado digital pueden presentar sus declaraciones juradas a través del Portal Tributario de la ONAT, aunque hasta la fecha solo 840 contribuyentes han solicitado la firma digital para hacer este procedimiento.
Comentó también que el portal de la ONAT da acceso a todos los modelos de declaración y pago, así como a las herramientas informáticas para llenarlos y calcular los tributos.
Además, apuntó que los contribuyentes que declaren y paguen sus impuestos antes del 28 de febrero se les descuenta el 5 % del importe a pagar como bonificación, por pronto pago, y otro 3% si realizan dicho aporte por las aplicaciones digitales Transfermóvil y EnZona.
Pérez García explicó que para este año se mantienen el mismo modelo de Declaración jurada y la escala progresiva y que este proceso constituye un deber fiscal, ya que mediante el pago de los impuestos se respaldan y aseguran los programas sociales que dependen del Presupuesto estatal.
Dijo al citado medio que “estamos hablando de que se modifica el mínimo exento para el impuesto sobre ingresos personales, de 10,000 pesos a 39,120 pesos”, además de que “se permite la deducción del 100 % de los gastos, siempre que se cuente con justificación documental del 80 %, atendiendo a lo dispuesto en el Decreto-Ley No. 21, modificativo de la Ley 113 del Sistema Tributario”.
Sobre las MIPYMES aclaró que a los socios les fue notificado que deben pagar el impuesto sobre ingresos personales por los dividendos obtenidos, una vez vencido el periodo de un año de exención.
“Para su cálculo, no se deducen gastos, pero sí el mínimo exento”, detalló la directiva, quien informó que en la campaña tributaria de 2022 se detectaron 41,808 personas que debieron presentar declaración jurada y no lo hicieron, y el 64,7 % de esa cifra correspondió a TCP.
Mencionó entre las causas de los incumplimientos identificados el desconocimiento de los contribuyentes y la creencia de que se mantenía lo establecido en la Ley del Presupuesto del año anterior, sobre la no presentación de la declaración para los TCP con seis meses o más suspendidos por la COVID-19.
A finales de diciembre de 2022, el gobierno cubano decidió eliminar la exoneración de impuestos para las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes) de la isla, un beneficio imprescindible para que estos emprendimientos logren consolidarse en el difícil panorama económico de la isla.
"A partir de la necesidad de que todos los actores económicos contribuyan a generar ingresos para la financiación de los servicios y programas sociales, queda sin efecto la exoneración de pago de impuestos a las MIPYMES, por un periodo de seis meses cuando surgen de una reconversión y de un año cuando son de nueva creación, constituidas a partir del 2023", según las nuevas medidas del presupuesto del Estado aprobadas en el décimo período ordinario de sesiones de la novena legislatura de la Asamblea Nacional.
La nota, citada por el portal oficialista Cubadebate, aclaró que "las MIPYMES constituidas con anterioridad y que están disfrutando de este beneficio, lo mantienen hasta el término del periodo por el que les fue otorgado".
Además, que se acordó "modificar la base imponible del impuesto sobre las ventas y servicios de las MIPYMES, estableciendo que se aplique un total de ventas. Esta medida ya se está aplicando a los trabajadores por cuenta propia y a las cooperativas no agropecuarias" (CNA), detalla la información.
Según el economista Oniel Díaz Castellanos, esta nueva medida confirma el 0% de incentivos para los emprendimientos privados.
"La Asamblea Nacional, al aprobar la nueva Ley de Presupuesto por el 2023, acaba de eliminar los incentivos que tenían las Mipymes/CNA de 6 meses o un año de exoneración del pago de impuestos. Esto era vital para que las nuevas empresas privadas lograran consolidarse", explicó en un post de Facebook donde señala los incentivos fiscales que sí recibe el capital extranjero que invierte en la Zona Especial de Desarrollo del Mariel.
"Para el capital extranjero que va al Mariel, hay 10 años libres de impuestos sobre utilidades y otras facilidades. "Para nosotros los cubanos, ni un solo día", subrayó.
Recientemente se conoció que la mayoría de las MIPYMES cubanas han fracasado. Solo en la provincia Camagüey el 68 % de esos emprendimientos se encuentran improductivos por razones burocráticas y escasez de materias primas.
Un reportaje del diario oficialista Adelante informó que la provincia cuenta con 181 Mipymes aprobadas (180 privadas y una estatal), de las cuales 146 ya están constituidas. Sin embargo, 123 de ellas no producen "por estar formalizando su estatus, acondicionando locales o por falta de materias primas", lamentó el rotativo.
En ese contexto, la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en varias provincias cubanas como Camagüey y Ciego de Ávila ha amenazado con procesar por el delito de "evasión de impuestos" a los contribuyentes que adeudan al fisco.
Las oficinas municipales de la ONAT ya "confeccionan los expedientes para procesar a los incumplidores por el delito de evasión fiscal", advirtieron las autoridades en agosto pasado.
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