Elías Amor: "Con la Ley Helms Burton nadie en Cuba será botado de su casa"

El economista hispanocubano analiza el impacto de la activación del Título III a partir del próximo jueves 2 de mayo. "No veo a nadie organizando una batalla contra las empresas de EE.UU. en Europa por culpa de la aplicación de una ley que todavía tiene mucho recorrido", asegura a CiberCuba.

Elías Amor, economista y presidente del Observatorio Cubano de Derechos Humanos. © CiberCuba
Elías Amor, economista y presidente del Observatorio Cubano de Derechos Humanos. Foto © CiberCuba

Vídeos relacionados:

Este artículo es de hace 5 años

Elías Amor nació en Santiago de Las Vegas, en 1958, y desde los años 70 vive en España, donde se graduó de Ciencias Económicas por la Universidad de Valencia. Entre 2005 y 2013, con el Partido Popular, estuvo al frente de la Fundación Servicio Valenciano de Empleo. Anteriormente (1998-2005) había sido director general de Formación y Cualificación Profesional de la Generalitat Valenciana. Hoy está vinculado a la labor docente y preside el Observatorio Cubano de Derechos Humanos. A petición de CiberCuba analiza el impacto de la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms Burton a partir del próximo jueves.

CiberCuba: El próximo 2 de mayo entra en vigor el Título III de la Ley Helms Burton. ¿La medida empobrece a los cubanos de la Isla?


Lo más leído hoy:


Directamente no. La Ley Libertad, que es el acrónimo de la Ley Helms Burton, va dirigida a las empresas extranjeras que invierten en la Isla en activos y propiedades que fueron confiscadas a sus legítimos titulares por el régimen a partir de 1959, que tendrán que revisar sus operaciones para no perder la reputación, como consecuencia de una ola de demandas en los tribunales de EEUU. Indirectamente, si alguna de esas empresas dejase de operar en Cuba, los trabajadores contratados actualmente perderían sus empleos.

En todo caso, la pobreza en que viven los cubanos es consecuencia directa y principal del sistema económico institucional existente, que impide el ejercicio de los derechos de propiedad, la libre empresa e impone la planificación central como instrumento de control de la economía. Además, el sector de la inversión extranjera presenta una participación relativamente escasa en el conjunto del PIB y del empleo de la economía, y se encuentra muy concentrado en actividades como turismo o minería, y poco más. Además, el régimen impide que este sector de la inversión extranjera desarrolle relaciones con el resto de la economía y sus efectos tracción son escasos. De hecho, los cubanos no pueden asociarse con los inversores extranjeros, el trabajador por cuenta propia de un paladar o el agricultor que arrienda unas tierras al Estado, no pueden recibir inversión extranjera ni establecer acuerdos con empresarios internacionales, por ejemplo.

¿Qué pasa si algún cubano residente en el exterior ha comprado una casa en Cuba que es reclamada por familiares de los dueños expropiados por el Gobierno de Cuba? ¿Van a botar a alguien de su casa?

El Título III de la Ley, y en ninguno de sus artículos, se hace referencia alguna a las viviendas en que residen los cubanos. Eso quedó fuera de discusión desde que en 1996 se aprobó la norma, bajo la presidencia de Clinton. La Ley afecta solo a las operaciones económicas y comerciales que realizan empresas extranjeras con el Estado castrista sobre activos que tuvieron titulares antes de 1959. La vivienda fue excluida. Además, con la vivienda existe un problema adicional, ya que muchas se han deteriorado e incluso han desaparecido arrastradas por el envejecimiento y la falta de mantenimiento. El déficit de vivienda que existe en la Isla no admite juegos con esta cuestión. Es un grave problema que el régimen es incapaz de resolver por su ceguera ideológica. Por ejemplo, podría autorizar inversión extranjera para la creación de empresas privadas de construcción de vivienda lideradas por cubanos. Esa actividad no se vería afectada por la Ley.

Los cubanos que compraron alguna casa en Cuba, sobre todo en los últimos años tras las reformas raulistas, debieron asegurarse, en todo caso, que en las escrituras figurase un titular coincidente con el que realiza la transacción. En todo caso, no contemplo ninguna devolución de patrimonio de vivienda en Cuba, ni ahora ni después. Nadie será botado de su casa. Pueden estar seguros.

¿Corren peligros los inversores españoles de Meliá, Iberostar o NH?

Los inversores españoles han asumido peligros desde que se lanzaron a invertir en Cuba. Hacerlo con un Estado represor de los derechos humanos, con una legislación laboral que viola los principios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con un sistema financiero débil y controlado por el Estado, y con una normativa de control de cambios y repatriación de beneficios a las casas matrices dirigida por el Gobierno, es un peligro mucho mayor, y sin embargo, entraron a hacer negocios con el régimen. Entiendo que estas empresas habrán hecho una evaluación del riesgo asociado a sus proyectos en Cuba. Es cierto que no son dueños de los hoteles. Ya se han apresurado a decirlo en varios comunicados por sus servicios jurídicos.

Aunque la Ley Libertad establece el concepto de “traficking” en términos muy generales, pienso que será complicado que las demandas que se presenten en los tribunales de EE.UU. por ciudadanos estadounidenses tengan impacto sobre estas empresas. En todo caso, la Ley lo que conseguirá es frenar nuevos procesos de inversión en la Isla que se tendrán que dirigir hacia activos no confiscados, pero ahí el régimen tiene menos interés y será el único responsable del freno inversor.

Usted es hispanocubano, ¿cree que las empresas españolas que pueden ser demandadas por haber invertido en propiedades expropiadas se lo merecen por hacer negocio con el Gobierno cubano?

Yo no estoy en condiciones de afirmar si merecen o no las demandas, que seguro se van a producir. Para ello están los titulares de los activos expropiados y los tribunales de justicia encargados de aplicar las leyes. Siempre mantuve la misma posición en este tema. Invertir en Cuba es altamente arriesgado para cualquier empresa, española o de donde sea. El riesgo se encuentra en las características del sistema económico e institucional de la Isla. Un sistema en el que no se respetan los derechos de propiedad, donde no existen mercados libres para asignar los recursos, con una normativa laboral inadecuada e injusta, donde no existen tribunales independientes del partido político que gobierna el país, con un sistema financiero que no proporciona recursos, etc…. Operar en Cuba en estas condiciones es un riesgo y un peligro. Hay que tomarlo con mucho cuidado.

La prueba de ello es que las numerosas empresas pequeñas y medianas que se lanzaron en los años 90 durante el Período Especial, fracasaron en sus proyectos casi al 90%, quedando solo los hoteles y poco más, como parte de una apuesta por un crecimiento del turismo que sigue sin llegar, porque la política del ministro Marrero es un grave error. Hacer negocios con una dictadura que no respeta los derechos humanos es mucho más grave: ya sabemos que consecuencias tiene.

Europa ha dicho que si una empresa de EE.UU. demanda a una empresa española pondrá en peligro a empresas norteamericanas con inversiones en la Unión Europea. ¿Esa amenaza es fácil de ejecutar?

La Unión Europea no tiene una política bien definida hacia el régimen castrista y se mueve en función del viento que sopla. Solo así se puede entender el movimiento de 180º de la Posición Común, lanzada por el presidente Aznar, a la “entente cordiale” actual, que fue promovida en su día por el ministro Moratinos. España siempre ha tenido mucha influencia en la Unión para diseñar las políticas de relaciones con América Latina, pero hay países nórdicos y del Este que empiezan a estar hartos de estos vaivenes, sobre todo, por la repugnancia que sienten hacia un sistema comunista como el que les sojuzgó a ellos tras la segunda Guerra Mundial.

La Unión tiene a una izquierdista italiana clásica al frente de las relaciones exteriores, la señora Mogherini, que ha alegado extraterritorialidad de la Ley, un asunto en el que algunos juristas no están de acuerdo. Han hablado de represalias a EE.UU. si se producen demandas. Además, en la Unión Europea el problema actual no es Cuba ni mucho menos, sino otros mucho más complicados, como el Brexit o la crisis de la migración, el auge de los populismos y el rápido deterioro de la economía con origen en Alemania, y la posible imposición de aranceles por parte de EE.UU. Una agenda muy compleja, con elecciones europeas por medio dentro de un mes, que van a llevar a cambios en los representantes de las instituciones comunitarias, entre ellos la señora Mogherini. No veo a nadie organizando una batalla contra las empresas de EE.UU. en Europa por culpa de la aplicación en Cuba de una Ley que todavía tiene mucho recorrido.

¿Los partidarios de la aplicación del Título III de la Helms Burton qué quieren realmente, que nadie haga negocios con Cuba?

Quieren justicia. El Título III de la Ley se diseñó para que la justicia, finalmente, permitiera a los titulares de los activos que fueron confiscados y expropiados a partir de 1959 reclamar una justa compensación por los mismos, sobre todo, porque el Estado castrista los puso a disposición de inversores extranjeros para hacer negocios en la Isla. Es una cuestión de justicia, de reparación de derechos, que debería haber sido asumida, por responsabilidad, por el régimen. El castrismo ha aportado una ideología que desdeña los derechos de propiedad, y el monto de las confiscaciones en Cuba a empresas y ciudadanos de EE.UU, y a cubanos que han obtenido la nacionalidad de este país después, es ciertamente importante y difícil de estimar.

Se habla de 200.000 demandas. Tal vez excesivo. Quiero destacar que ésta es una responsabilidad de quién se adueñó de los derechos de propiedad, expulsando del país a sus titulares, condenando a muchos a la miseria y el exilio, sin duda fue una de las etapas más oscuras de la historia de Cuba. La Ley pretende resolver esa injusticia por la vía de las reclamaciones para que resuelvan los tribunales. La aplicación de esta norma hará que algunas empresas que estaban previendo invertir en Cuba investiguen en profundidad sobre qué activos lo van a hacer. No conviene olvidar que el régimen mediante la llamada “cartera de oportunidades” condiciona a los extranjeros en qué pueden o no invertir. No existe libertad en el empresario internacional para identificar mediante análisis propios en que colocar su dinero. Al final, la responsabilidad siempre nos lleva al mismo: al gobierno castrista.

¿Por qué cree que Trump abre la puerta a la aplicación del Título III de la Helms Burton?

Trump considera que el soporte político, técnico e intelectual del régimen de Maduro se encuentra en Cuba. Venezuela es un agujero negro para la política de América Latina y mundial. Ese país no merece la grave crisis en que se encuentra, que no parece tener solución. Se están poniendo todos los medios para promover un cambio democrático. Sin embargo, hay que tener en cuenta que Venezuela ya empezó a reducir los suministros de petróleo al régimen castrista en 2016, pero todavía hay muchos militares y policías cubanos dando apoyo a Maduro, por mucho que lo nieguen una y otra vez. La aplicación del Título III va en esa línea, en mi opinión.

Además, pienso que ya debería haberse aplicado desde tiempos de Clinton. Entonces estaba más justificado, cuando se produjo el derribo y asesinato de los pilotos de Hermanos al Rescate. Aquello fue un crimen que pudimos escuchar en todo el mundo. Se vio el rostro más agresivo y violento del régimen de Fidel Castro contra unos pacíficos cubanos que lo único que hacían era ayudar a sus hermanos que se lanzaban en balsas al mar, huyendo de la opresión en la Isla.

En medio de la escasez que azota la Isla, solo faltaba esto. ¿Y ahora qué?

Pienso que el devenir de los acontecimientos en Cuba actualmente tiene poco que ver con la aplicación de la Ley Libertad e incluso con las medidas anunciadas por Bolton sobre reducción del importe de las remesas y los viajes de turismo, que igualmente tendrán un impacto limitado. La situación de escasez que vive Cuba es sólo responsabilidad de su gobierno, que insiste en mantener un sistema alejado de la realidad, que solo existe ya en Cuba, que ni siquiera chinos y vietnamitas, que se definen como comunistas, mantienen aún. Ese es el origen de la miseria y escasez del pueblo cubano.

Las demandas consecuencia de la Ley y sus efectos tardarán en percibirse, pero la insolvencia de la economía cubana para pagar las importaciones que necesita del exterior es un problema actual, que no se está resolviendo correctamente, ya que el ministro de Economía anunció para ello que van a reducir las importaciones. Eso es justo lo contrario que se debe hacer, porque con ello, lograrán menos crecimiento, más pobreza y apagones y mayor crisis en las empresas. Es lo que denomino el “círculo vicioso” de la economía castrista, del que no quieren salir por motivos ideológicos.

¿Qué margen de maniobra tiene el Gobierno de Cuba?

Para sortear la aplicación del Título III, la solución es muy sencilla: dejar que los inversores extranjeros coloquen su capital en aquellos negocios y actividades que deseen, sin condicionar cartera de oportunidades ninguna. Pienso que el inversor tomará buena nota de las consecuencias de la Ley, y orientará sus proyectos hacia sectores, activos e industrias que no hubieran sido confiscados, que los hay. Pensemos por ejemplo, en la biofarmacia, ese es un sector nuevo y muy interesante. Por ejemplo, el cuidado asistencial de personas mayores, los profesionales independientes de la arquitectura, el mundo artístico en sentido amplio, e incluso rincones paradisíacos vírgenes que existen en la Isla y que no pertenecían a titulares privados antes de 1959.

En todo caso, identificados los verdaderos titulares de los activos, las empresas que vayan a invertir podrían llegar a acuerdos con ellos, antes de promover los proyectos. De ese modo, evitarían el frente de los tribunales. El gobierno comunista también tiene otras opciones. Una posibilidad es permitir al inversor extranjero que invierta en el sector privado de la economía, ese 30% del empleo que lucha por sobrevivir, como por ejemplo los negocios por cuenta propia en la gastronomía o arrendamiento de habitaciones, o el arrendamiento de tierras por agricultores independientes. Esas serían formas de captación de capital extranjero altamente positivas, y que no entran bajo la influencia de la Ley Libertad. En tal caso, el Gobierno deberá cambiar la Ley 118 de la inversión extranjera y promover una reforma de la misma para que sea más competitiva con la de otros países de la zona del Caribe, dando participación al sector privado.

Y finalmente, le queda acordar con los titulares de los activos las compensaciones debidamente actualizadas que en 1959 no tuvieron lugar. Esta experiencia enseña a los dirigentes comunistas que la propiedad privada es un derecho humano a proteger, que permanece en el tiempo, y que debe ser respetada. Es la base del funcionamiento de una economía, se trasmite de padres a hijos, y ningún gobierno, el que sea, tiene derecho a violentarla. La expropiación existe, pero debe ir acompañada de compensaciones justas. En Cuba, esa justicia ha tardado muchas décadas. Pero ha llegado. Hay que verlo desde esta perspectiva.

COMENTAR

Archivado en:

Tania Costa

(La Habana, 1973) vive en España. Ha dirigido el periódico español El Faro de Melilla y FaroTV Melilla. Fue jefa de la edición murciana de 20 minutos y asesora de Comunicación de la Vicepresidencia del Gobierno de Murcia (España)


¿Tienes algo que reportar?
Escribe a CiberCuba:

editores@cibercuba.com

+1 786 3965 689


Siguiente artículo:

No hay más noticias que mostrar, visitar Portada