Transcurrió este 3 de mayo el Día Internacional de la Libertad de Prensa y el panorama de la comunicación en Cuba sigue en una prolongada inercia que alimentan desde hace seis décadas la censura, el férreo control estatal y la manipulación informativa en función de la conducción política del país.
Hace 34 años, al calor de las palpitaciones esperanzadoras de la glasnost y la perestroika en la Unión Soviética, el sector de la prensa oficial amagó un proyecto de transformación a través de la Unión de Periodistas de Cuba (UPEC), con proyectos de Ley de Prensa e iniciativas de responsabilidad pública. Estuve en el centro de estos debates y deliberaciones que pronto terminaron en el acostumbrado juego a la noria, bajo las invectivas del mismísimo Fidel Castro.
Desde entonces ha llovido demasiado sobre el pantano del periodismo oficial, con varios congresos y congresitos de la UPEC en los que se repite el conocido compromiso de "situar a la prensa a la altura de las necesidades de la población", pero que siempre desemboca en una nueva repetición del círculo vicioso. Se ha impuesto una nueva retórica -con el lenguaje apropiado de la teoría de la comunicación mal digerida- para crear un parabán presuntamente novedoso a los viejos caminos de la anulación informativa en tiempos de internet e inevitables apropiaciones tecnológicas de la población.
En julio de 2019, se difundió discretamente en los medios oficiales el documento cocinado desde las altas esferas del Partido Comunista para establecer una Política de Comunicación Social del Estado y el Gobierno cubanos. La política comunicacional, un viejo reclamo del sector periodístico, responde a la estrategia trazada en el VII Congreso del Partido Comunista y fue elaborada por una Comisión de Lineamientos cuya tarea es justamente dejar las cosas en el mismo sitio donde han estado desde el momento en que se nacionalizaron los medios de comunicación en 1960 y la difusión informativa en el país a ser un instrumento para la manipulación totalitaria del poder.
No se ha hablado mucho de este documento vergonzante. Las normas jurídicas que respaldan esta política se encuentran en "proceso de elaboración", pero como sucede en el sistema cubano nadie ha pedido cuentas sobre la fecha en que deben darse a conocer. De todas maneras, la formulación de esta estrategia programática, validada desde la nueva Constitución de la República, es el mayor portazo a la posibilidad de un proceso de transformación en el escenario periodístico cubano y un muro infranqueable para la recuperación del espacio público mediante un uso transparente de la información.
En realidad, este engendro de política representa un retroceso y un escupitajo a la tradición periodística de la nación cubana. No es solo el acoso, el arresto y la usurpación de libertades a los reporteros y los medios digitales alternativos lo que hemos visto agitarse en los últimos tiempos bajo la tutela del presidente designado Miguel Díaz-Canel, sino formas de leso periodismo, instrumentadas desde los intereses gubernamentales, como esos reportajes televisivos de redadas contra presuntos acaparadores y violadores de las normas durante la pandemia del coronavirus. Verdaderas joyas del antiperiodismo, pues se trata de reportes y entrevistas inducidos desde la intervención policial, no desde una auténtica gestión profesional.
Estos son los mandamientos que demuestran la inviabilidad de un sistema de prensa independiente del control del Estado en Cuba. Este es el catálogo de la censura cubana en sus propias palabras y desde sus propias maniobras, que vale la pena recordar en esta fecha en que el mundo se abre a la diversidad informativa, ajena a los controles de los aparatos gubernamentales y los intereses de jerarquías dominantes como la afincada en la isla.
Los dos primeros puntos corresponden al Capítulo II, Sección Derechos, de la Constitución socialista, mientras que los restantes son botones de la Política de Comunicación que pretende instaurarse para legitimar el control informativo en el país:
1- Artículo 53 de la Constitución de la República: Todas las personas tienen derecho a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna, y a acceder a la que se genere en los órganos del Estado y entidades, conforme a las regulaciones establecidas.
2- Artículo 55 de la Constitución de la República: Se reconoce a las personas la libertad de prensa. Este derecho se ejerce de conformidad con la ley y los fines de la sociedad. Los medios fundamentales de comunicación social, en cualquiera de sus manifestaciones y soportes, son de propiedad socialista de todo el pueblo o de las organizaciones políticas, sociales y de masas; y no pueden ser objeto de otro tipo de propiedad. El Estado establece los principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social.
3- El Partido Comunista de Cuba es rector de la comunicación social en el país, traza la política general para su desarrollo y ejerce su control.
4- La política se fundamenta en el principio de la Constitución de la República, la política trazada por el Partido Comunista de Cuba para la comunicación social y en la política definida desde 1961 por el líder de la Revolución Fidel Castro en sus Palabras a los intelectuales, con el principio expresado: Dentro de la Revolución, todo; contra la Revolución, nada (…) Por cuanto la Revolución comprende los intereses del pueblo, por cuanto la Revolución significa los intereses de la Nación entera, nadie puede alegar con razón un derecho contra ella.
5- El director de cada medio de comunicación masiva es responsable, de modo personal e intransferible, de la ejecución de la política informativa, editorial y cultural en su órgano, y al mismo tiempo tiene la obligación de fomentar un ambiente de participación de su colectivo de profesionales en la construcción de las prioridades de esa política.
6- Privilegiarán la agenda y modos de hacer nacionales y responderán porque los productos comunicativos extranjeros que se exhiban respeten los principios de esta Política.
7- La radio, la televisión, la prensa impresa y otros medios de comunicación masiva así como las plataformas tecnológicas empleadas por estos, son de propiedad estatal o social, según las regulaciones que se establezcan, y no pueden ser objeto, en ningún caso, de propiedad privada.
8- El Estado y el Gobierno mediante sus instituciones, regulan y controlan, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los principios de esta Política en el contenido de los productos comunicativos que se distribuyan y exhiban a través de los diferentes canales y soportes de comunicación, incluidos los servicios de este tipo de las entidades estatales y las formas de propiedad y gestión no estatales
9- Los medios de comunicación masiva se financiarán fundamentalmente por el Presupuesto del Estado. En los casos que se aprueben, también se considerarán los ingresos de la venta de servicios y espacios de publicidad, la comercialización dentro y fuera del país de su producción y patrimonio comunicativos, los ingresos del patrocinio, donaciones y la cooperación nacional e internacional, siempre que estas vías no contravengan la legislación vigente, su política editorial y los principios que rigen nuestra sociedad socialista.
10- Continuar estudiando la propuesta sobre la conveniencia y factibilidad de crear un órgano que responda por la conducción de la Política de Comunicación Social del Estado y el Gobierno, aprobada según la política general trazada por el Partido Comunista de Cuba para su desarrollo; prestar especial atención a su subordinación y funciones. Hasta tanto se concluyan los estudios y se apruebe la decisión que corresponda, el CCPCC continuará desarrollando esta tarea.
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