¿Qué son las garantías jurídicas? ¿Existen o no en Cuba? Estas y otras interrogantes fueron respondidas a través de casos concretos en la emisión de este martes de Las mañanas de CiberCuba. En esta ocasión, los invitados fueron los abogados Laritza Diversent, de Cubalex, Jesús Novo, de Gallardo Law Firm y, en los minutos finales del programa, Amado Calixto, de la Asociación de Juristas de Cuba, así como el periodista Carlos Cabrera.
“Derechos sin garantías no son derechos”, comenzó diciendo Laritza, y explicó que las garantías jurídicas son instrumentos establecidos por los órganos del Estado que permiten disfrutar de los derechos consignados en las leyes.
“Entre las garantías están que tú puedas impugnar la legalidad de una detención”, ejemplificó Laritza, y agregó que "cuando el Estado no pone los recursos a tu disposición para tú reclamar la violación de un derecho" o cuando los recursos están, pero no funcionan, como el Habeas Corpus, entonces no existen garantías jurídicas.
Para ilustrar su argumento, mencionó comó funciona la ley de procedimiento penal: “En Cuba es perfectamente legal que un policía te detenga durante 24 horas sin acceso a un abogado, luego si el policía pasa el caso a un instructor penal, que es quien está facultado para acusar o instruir cargos, entonces puedes permanecer 72 horas más sin acceso a asesoría legal".
Agregó que si el instructor decide pasar el caso a Fiscalía, el fiscal tiene otras 72 horas para decidir si tú te mantienes en prisión o no. Durante todo ese tiempo que puede llegar a siete días, la persona puede mantenerse en privación de su libertad y sin acceso a un abogado.
Son siete días en total en los que la persona está en un limbo jurídico en manos de las autoridades que puede ser sometido a torturas durante los interrogatorios. La opción es presentar un recurso de Habeas Corpus, pero “es un recurso totalmente ineficiente”, a juicio de Laritza, y muchas veces rechazado por el tribunal. “No hay tribunales independientes y no existe ningún tipo de garantías judiciales”.
Jesús Novo partió de cómo funciona el sistema penal en Estados Unidos, con la garantía de tener “la doble protección de las leyes estatales y las leyes federales”, dijo. Después de 24 horas de detenido, el acusado deber ser llevado ante un juez y muchas veces es liberado bajo fianza; tiene derecho inmediato a un abogado y a quedarse callado y, muy importante, “es la división de poderes”, donde “el poder judicial establece si la ley es válida”. Lo contrario en Cuba que el poder judicial existe, pero no tiene poder ninguno, y donde la constitución no se respeta.
En la emisión anterior de Las mañanas de Cibercuba, los testimonios de los ex-prisioneros en cárceles cubanas hablaban de golpizas, amenazas, torturas en los centros penitenciarios, donde en ocasiones les negaban hasta la asistencia médica. También, un audio reciente del preso político Luis Robles, denuncia esto último.
A la pregunta de qué puede hacer un prisionero al que se le ha violado un derecho elemental como la atención médica, Laritza aclaro que es la Fiscalía “la encargada de inspeccionar las prisiones y velar por los derechos de los reclusos”. La abogada dijo además que las prisiones están a cargo del Ministerio del Interior (MININT) y que el Ministerio de Salud Pública (MINSAP) también debe inspeccionar el cumplimiento de ciertas normas en este sentido.
Cuando no hay independencia de las instituciones que puedan velar por los derechos ciudadanos entonces no hay garantías de ningún tipo. Y tampoco se puede garantizar el cumplimiento de las llamadas Leyes Mandela. "Esto es una obligación del estado porque las personas privadas de libertad dependen completamente del Estado", bajo custodia dijo Laritza, y "cuando se le niega asistencia medica es una forma de tortura", agregó.
Para presentar denuncias de violaciones a la población penal, los familiares deben dirigirse a la dirección de Centros Penitenciarios del MININT y a la Fiscalía General de la República.
A las preguntas de Carlos sobre detenciones arbitrarias y la ley de peligrosidad predelictiva, Laritza aclaró que aunque es “la Fiscalía el órgano encargado de ejercer la acción legal, segun establece la ley 83”, existe un proceso sumario por medio del cual es el policía quien acusa sin mediación de Fiscal alguno y el acusado puede ser juzgado entre 2 y 45 días y no importa si se han violado las garantias del debido proceso, si no hay suficientes pruebas para levantar la causa y, en estos casos, como le sucedio a Denis Solis, la persona no tiene tiempo de contratar abogado ni preparar su defensa, ni de buscar testigos.
"Este es un proceso totalmente violatorio y arbitrario porque no cumple con los estándares internacionales", afirmó.
Por otra parte, la abogada recordó que la peligrosidad predelictiva es una figura penal dentro del Código Penal "que atenta contra el principio de legalidad porque tú no has cometido ningún delito", y agregó que el comité contra la tortura ha recomendado a Cuba que elimine a esta figura del código penal. También, anunció que hasta el 22 de marzo estará abierta una convocatoria del Comité Contra la Tortura para recepcionar quejas de esta naturaleza.
Jesús destacó que “en Estados Unidos no existe la figura de la peligrosidad predelictiva, la cual es completamente absurda” y habló de leyes controversiales como “La ley de los tres strikes” que imputa condenas mas altas a los reincidentes. El abogado insistió en la figura del juez para establecer la legalidad de la detención y en el derecho a la presencia de un abogado.
Más adelante, se abordó el tema del acto de repudio como elemento vejatorio a la dignidad de las personas, y se habló sobre la exposición en el Noticiero Nacional de la Televisión cubana de detenidos e interrogatorios que, en opinión de Laritza, constituyen acciones de coacción y de irrespeto a los derechos humanos.
Para Amado Calixto, “en Cuba están muy limitadas las garantías” la única que existe es el Habeas Corpus “que generalmente el Tribunal los declaran sin lugar”. Tampoco existe un Tribunal de garantías constitucionales, dijo, “ni ninguna institución independiente que obligue a que el estado cumpla” lo que establece la ley.
De igual manera destaco que “las detenciones arbitrarias son muy frecuentes en Cuba”, pues detienen a ciudadanos por motivos que en el mundo no son causa de detención. Otra desventaja que señaló con respecto al sistema jurídico es la no independencia de la figura del juez e indico que aproximadamente mas del 95 por ciento de ellos perteneces y deben obediencia al Partido Comunista.
Queda por ver si, en leyes posteriores que se emitan en Cuba, las garantías jurídicas van a ser tomadas en cuenta, para poder dotar a la ciudadanía de instrumentos efectivos en la concreción de derechos ya consignados en la nueva Constitución de la República. Por lo pronto, el panorama de la ley y la justicia en Cuba se muestra gris y sin recursos en defensa de los intereses del pueblo cubano.
Las mañanas de CiberCuba se transmite en vivo por las plataformas de CiberCuba, de lunes a viernes a las 12 del día hora de Cuba, y a las seis de la tarde hora de España.
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