El abogado de Cubalex Julio Alfredo Ferrer Tamayo pidió a la Televisión Cubana que ponga fin a los reportajes del presentador Humberto López, en los que se arroga funciones de jurista e intérprete de la ley para amenazar a los activistas cubanos y amedrentar a la población.
“Las máximas autoridades de la Televisión Cubana, especialmente las del Sistema Informativo, no deben continuar franqueándole el espacio del Noticiero Estelar de Cubavisión al periodista Humberto López, para que utilice ese medio de difusión masiva en la materialización de sus propósitos evidentemente arribistas”, exigió el abogado el pasado jueves a través de sus redes sociales.
En una extensa publicación, Ferrer Tamayo hizo una relación de las malas prácticas cometidas por el presentador en espacios supuestamente informativos, en los que López emite juicios de valor sobre presuntos hechos delictivos, que no han sido juzgados ni sentenciados, con el fin de crear estados de opinión contrarios a las demandas de los activistas de la sociedad civil cubana.
“Deberían limitarse exclusivamente al hecho. [Los periodistas] no pueden asegurar que un imputado o acusado es culpable si no se ha dictado sentencia condenatoria en su contra y que esta se haya hecho firme”, recordó el jurista a las autoridades del medio oficialista.
Asimismo, denunció como contraria a la ley la costumbre de López de “nombrar al imputado o acusado como: asesino, violador, aberrado, indecente, inescrupuloso, vándalo”, una práctica en la que también “han incurrido muchas autoridades políticas y de gobierno, incluido el presidente de la nación”.
De incurrir en estas prácticas, los periodistas estarían quebrantando “el principio de la presunción de inocencia y el derecho humano al honor de esa persona, que hasta ese momento deberá considerarse inocente”.
“Además, influye negativamente en un proceso penal en marcha, cuando acontece lo que se conoce como un ‘juicio paralelo’, que atenta contra el debido proceso”, advirtió Ferrer Tamayo.
López, quien habitualmente amenaza a los activistas que ejercen su derecho a la libre expresión, es aficionado a pronosticar qué condenas pueden recaer sobre ellos en virtud de unos presuntos delitos que no han sido probados y, en ocasiones, ni siquiera investigados.
“Los periodistas no tienen ninguna facultad juzgadora, facultad que se ha abrogado Humberto López para augurar el resultado de un proceso legal en marcha o que pudiera ponerse en marcha en un futuro”, dijo el abogado.
En relación con los videos autoinculpatorios que López presenta en sus espacios -como los de la reciente emisión del programa Razones de Cuba, en los que cuatro manifestantes de las protestas de Nuevitas “confesaban” haber sido utilizados por exiliados cubanos-, el abogado se preguntó qué precepto legal ampara a las autoridades para facilitar al presentador “esos materiales para que los haga públicos y los divulgue a través de la Televisión cubana”.
El colmo de estas malas prácticas y absoluta falta de ética profesional, lo percibe Ferrer Tamayo en las abiertas amenazas que lanza el presentador a los cubanos que protestan o reclaman derechos y libertades que el régimen al que sirve niega a los ciudadanos.
La emisión del Noticiero del 5 de octubre pasado es un ejemplo de ello, según el abogado. En ella, López amenazó con la aplicación de artículos del recién aprobado Código Penal, “tales como Desórdenes Públicos (artículo 263.1), o delitos contra el desarrollo integral de las personas menores de edad (artículo 402)”.
Además, el presentador alertó que a las personas que participan en las protestas “le son aplicables las circunstancias agravantes de la responsabilidad penal previstas en el artículo 80.1 del referido cuerpo normativo”.
Para Ferrer Tamayo, las aseveraciones de López no son ciertas. A pesar de su formación en Derecho, el presentador esgrime contra los manifestantes cubanos un Código Penal que no ha entrado en vigor.
“El nuevo Código Penal no es aplicable a esas personas contra las que ha lanzado sus amenazas, puesto que el referido Código Penal -en su disposición final segunda- dice que entrará en vigor a partir de los 90 días de su publicación, es decir el 1 de diciembre de 2022. Y la retroactividad para la Ley penal es solo aplicable cuando favorece al reo y este no es el caso”, indicó el jurista.
Abogado de activistas como Tania Bruguera o Maykel Osorbo, Ferrer Tamayo presentó a finales de noviembre de 2020 una denuncia contra el gobernante Miguel Díaz-Canel por el delito de "propagación de epidemias", al convocar y presentarse en el parque Trillo de La Habana para oficiar una tangana de reafirmación revolucionaria, en pleno confinamiento por la pandemia de COVID-19.
Un mes más tarde, la Fiscalía General de Cuba exoneraba al líder de la llamada “continuidad” a pesar de que, luego de ver las fotos y videos, el fiscal José Luis Reyes Blanco admitió que los hechos denunciados eran ciertos.
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