Vídeos relacionados:
El Tribunal de Apelación de Londres desestimó este martes el recurso interpuesto por el Banco Nacional de Cuba (BNC) contra el fondo inversor CRF, al que La Habana ha catalogado como un "fondo buitre".
El fallo ratifica que CRF es el acreedor legítimo de una deuda soberana de aproximadamente 72 millones de euros, lo que abre la puerta a una nueva etapa del proceso judicial para reclamar el pago.
Lo más leído hoy:
El litigio, que comenzó hace varios años, tiene sus raíces en préstamos otorgados por bancos europeos al BNC en la década de 1980. Según la resolución del tribunal, los contratos están gobernados por la legislación inglesa, la cual el banco cubano aceptó expresamente en su momento.
Además, el tribunal reiteró que el BNC renunció a alegar inmunidad soberana respecto a esta deuda.
Un proceso judicial prolongado
El conflicto judicial entre el BNC y CRF escaló en febrero de 2023, cuando concluyó el juicio inicial en Londres. En aquel momento, la jueza Sara Cockerill determinó que el BNC había reconocido oficialmente a CRF como acreedor legítimo en 2019.
Este reconocimiento se derivó de la aprobación de la cesión de los derechos contractuales por parte de Raúl Olivera Lozano, exdirector de operaciones del BNC, quien posteriormente fue encarcelado en Cuba bajo acusaciones relacionadas con este caso.
El BNC alegó en su recurso que Olivera Lozano no había seguido los procedimientos internos adecuados para autorizar la transferencia de la deuda. Además, argumentó que CRF no notificó la reasignación de la deuda de acuerdo con las estipulaciones contractuales.
Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos, señalando que el banco validó en la práctica la cesión al responder a correspondencias legales relacionadas con la deuda.
Por otro lado, el Estado cubano no fue considerado garante de esta deuda impagada, aunque CRF afirma poseer una cartera total de 1,200 millones de euros en títulos relacionados con la deuda soberana cubana, de los cuales una parte no ha sido reclamada.
Implicaciones económicas y legales para Cuba
El fallo representa un duro golpe para el sistema financiero cubano, ya debilitado por la crisis económica y la falta de acceso a los mercados internacionales. Según declaraciones del fondo CRF, su objetivo es hacer valer los derechos contractuales, mientras que el BNC ha denunciado que el litigio busca "bloquear a Cuba de los mercados financieros".
En julio pasado, durante la audiencia de apelación, Humberto López, periodista oficialista enviado a Londres, calificó el proceso como un intento de chantaje contra la soberanía económica de Cuba. López enfatizó que el fondo buscaba aprovecharse de las dificultades financieras del país para obtener beneficios a expensas del pueblo cubano.
Este caso también pone en evidencia las limitaciones del BNC en su capacidad para gestionar la deuda externa contraída antes de 1997, año en que perdió sus funciones como banco central. La entidad se encuentra ahora en una posición de debilidad frente a acreedores internacionales, quienes cuentan con marcos legales favorables en tribunales extranjeros.
Precedente y proyección
El fallo del Tribunal de Apelación refuerza la decisión inicial de 2023 y sienta un precedente importante en casos relacionados con deuda soberana.
Para CRF, este resultado es una victoria significativa. Jeet Gordhandas, representante del fondo, declaró a EFE: “Esta decisión unánime es un hito fundamental en nuestros esfuerzos por lograr justicia y hacer cumplir los derechos contractuales”.
El fondo ha adelantado que continuará el juicio para exigir el pago total de la deuda. Sin embargo, el proceso podría prolongarse, dado que el cobro efectivo enfrenta numerosos obstáculos legales y financieros.
Por su parte, el régimen cubano se encuentra en una encrucijada. Además de los desafíos impuestos por la deuda, deberá enfrentar el impacto político y económico de una sentencia que expone la fragilidad de su opaco sistema financiero. En un momento crítico para la economía cubana, este fallo podría complicar aún más las posibilidades de recuperación.
Archivado en: