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Tribunal niega Habeas Corpus al joven preso por protestar con un cartel en La Habana

Un abogado sostiene que la causa contra el joven no tiene asidero legal alguno.

Luis Robles © Facebook / Iliana Hernández / Captura de video
Luis Robles Foto © Facebook / Iliana Hernández / Captura de video

Este artículo es de hace 3 años

El Tribunal Provincial Popular de La Habana rechazó la solicitud de Habeas Corpus para Luis Robles, el joven que protestó con una pancarta a inicios de diciembre, en el céntrico bulevar de San Rafael, pidiendo libertad para el rapero Denis Solís y el cese de la represión en Cuba.

La familia había acudido a un abogado independiente, pero ahora tendrán que recurrir a un representante legal del bufete colectivo y pedir el cambio de medida cautelar, de acuerdo con declaraciones a CiberCuba del abogado Santiago Alpízar, del proyecto CubaDemanda.

Alpízar sostiene que la causa contra el joven no tiene asidero legal alguno, al acusarlo de violar el artículo 124 y siguientes del Código Penal cubano, que establece privación de libertad de 10 a 20 años o la muerte a quien viole el espacio aéreo, penetre clandestinamente en territorio nacional y organice o forme parte de grupos armados.

Decisión del Tribunal. Foto: CiberCuba

El recurso de Habeas Corpus fue presentado el 14 de diciembre. Este obliga a presentar inmediatamente al detenido ante un juez para que el mismo decida si el arresto en cuestión es legal o no.

Para el abogado, el arresto de Robles contradice lo estipulado en el Artículo 54 de la Constitución de Cuba, donde se indica: “El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión”.

En el pedido de Habeas Corpus se señala el carácter ilegal de la detención de Robles, ya que este simplemente ejercía de manera pacífica “su derecho a la libertad de expresión”.

También declara que el arresto viola los postulados de los artículos 94 y 95 de la Ley de trámites penales, al no haber sido privado de libertad por una autoridad competente, “no disponer de representación letrada, no presumirse su inocencia” y no habérsele informado al detenido de la figura penal que se le atribuía.

Decisión del Tribunal. Foto: CiberCuba

El caso ha sido instruido por el Órgano de Enfrentamiento Especializado de Delitos contra la Seguridad del Estado, constando auto de imposición de medida cautelar de prisión provisional el 9 de diciembre.

La notificación de las autoridades expresa, sin embargo, que el hermano de Robles “desconoce la situación procesal” del detenido, quien se encuentra en proceso penal que tramita la Fiscalía General de la República.

Finalmente, la Sala del Tribunal comunica que, a su entender, no existen los presupuestos necesarios para declarar la ilegalidad de la detención a Robles. Basándose en el artículo 467 y siguientes de la Ley de Procedimiento Penal, la Sala rechazó el procedimiento especial de Habeas Corpus “por no estar presentes los presupuestos exigidos en Ley para ello”.

Robles fue trasladado el mismo día de la protesta a Villa Marista, el principal centro de operaciones del Ministerio del Interior en Cuba. El teniente Roberto Batista, que instruye la causa, aseguró a la familia de Robles que cuando le revisaron el teléfono móvil al detenido le encontraron conexiones con miembros del Movimiento San Isidro y opositores cubanos, aunque no mostró ninguna prueba de ello.

Las imágenes de la protesta fueron ampliamente difundidas en redes sociales. En estas se aprecia que el joven no opuso resistencia a la detención.

Varias personas que presenciaban su protesta pacífica intentaron evitar que la Policía se lo llevara por la fuerza.

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Maykel González

Periodista de Cibercuba. Graduado de Periodismo por la Universidad de La Habana (2012). Cofundador de la revista independiente El Estornudo.


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